Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2239/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2239/2013
VISTO: El Expte. del C.D. Nº 6626/13 de fecha 09/04/2013 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite modelo de Convenio a suscribir entre la
Municipalidad de Junín de los Andes y la Comisión del Centro de Jubilados y Pensionados
“Remembranzas”, referido al funcionamiento del Comedor para los Abuelos de nuestra localidad
en estado de vulnerabilidad, en el espacio físico del mencionado Centro, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo la Municipalidad de Junin de los Andes, se compromete a:
Proveer la mercadería necesaria para la elaboración del menú diario, el cual será
supervisado por la/el profesional en Nutrición del Área de Soberanía Alimentaría,
dependiente de la Secretaria de Promoción de la Vida.-
Proveer los elementos de Limpieza necesarios a los fines de conservar y preservar la
higiene y seguridad del mencionado Comedor.-
Pagar los servicios de gas y luz del Centro de Jubilados y Pensionados “Remembranzas”
en el periodo comprendido en el presente Convenio (2013 – 2015).-
Garantizar la disponibilidad de una unidad automotor para el traslado de los abuelos que
concurren al comedor.-
Que, la Municipalidad, designará al Personal que realizará las tareas de cocina y
limpieza, el cual será supervisado por la Secretaria de Promoción de la Vida.-
Que, el periodo de vigencia del convenio se establece desde el 03 de abril de 2013 al 31
de Diciembre de 2015.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 10/04/2013, conforme lo
establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57, Inc., “t”, y en tratamiento sobre
tablas, resuelve por unanimidad autorizar al Ejecutivo Municipal, a suscribir el Convenio
referenciado, con el dictado de la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2239/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Convenio de
Colaboración Mutua con la Comisión del Centro de Jubilados y Pensionados
“Remembranzas” de Junín de los Andes, referido para garantizar el funcionamiento del Comedor
para los Abuelos de nuestra localidad en estado de vulnerabilidad, el cual deberá contener los
siguientes puntos:
1º- La Municipalidad de Junin de los Andes, se compromete a:
a.- Proveer la mercadería necesaria para la elaboración del menú diario, el cual será
supervisado por la/el profesional en Nutrición del Área de Soberanía Alimentaría,
dependiente de la Secretaria de Promoción de la Vida.-
b.- Proveer los elementos de Limpieza necesarios a los fines de conservar y preservar la
higiene y seguridad del mencionado Comedor.-
c.- Pagar los servicios de gas y luz del Centro de Jubilados y Pensionados “Remembranzas”
en el periodo comprendido en el presente Convenio (2013 – 2015).-
d.-Garantizar la disponibilidad de una unidad automotor para el traslado de los abuelos que
concurren al comedor.-
2º.- La Municipalidad, designará al Personal que realizará las tareas de cocina y limpieza, el cual
será supervisado por la Secretaria de Promoción de la Vida.-
3º.- El periodo de vigencia del convenio se establece desde el 03 de abril de 2013 al 31 de
Diciembre de 2015.-
ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la
Comisión del Centro de Jubilados y Pensionados “Remembranzas.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
DIEZ DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL TRECE, SEGÚN CONSTA EN
ACTA Nº 1663/13.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES