Ordenanza N° 935 Otorgase Excepción al Codigo Urbano y de Edificación a la Sr. Maria Esther Biorkman y Jose Ángel Melo..pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 935/2001



VISTO: El Expte. Nº 2157/01 iniciado por la Señora María Esther Biorkman y el Sr. José Ángel


Melo, y;




CONSIDERANDO:




Que, los presentantes en carácter de titulares del Lote Nº 7 de la Manzana “C”,


Nomenclatura Catastral 13-20-052-9053, de veinte (20) metros de frente por cincuenta (50)


metros de fondo, con una superficie de mil metros cuadrados (1000 m²), solicitan se autorice por


vía de excepción al Código Urbano y de Edificación la subdivisión del mencionado lote, en dos


lotes de diez (10) metros de frente por cincuenta (50) metros de fondo cada uno.-




Que, el Código Urbano y de Edificación (Ordenanza Nº 237/91) dicha propiedad se


encuentra ubicada en Área Residencia de Densidad Media Baja 2 (AR2).-




Que, dicha normativa en el Capítulo 13.14.3. – Subdivisión – establece para esa zona un


frente mínimo de doce (12) metros y una superficie de trescientos metros cuadrados (300 m²).-




Que, en virtud de lo expuesto, los nombrados solicitan la excepción al mencionado


Código Urbano en cuanto a los metros de frente, dado que con respecto a los metros de superficie


cumple con el mismo.-




Que, este Concejo Deliberante luego de haber analizado el informe técnico de la


Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos – Departamento Técnico y de acuerdo a lo


mencionado en Despacho Nº 338/01 de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, en Sesión


Ordinaria del día 05/12/2001, decide por unanimidad dar viabilidad al pedido de excepción,


conforme los fundamentos expuestos en el Expte. y teniendo en cuenta antecedentes existentes en


este Cuerpo Deliberativo de excepción otorgada en la misma zona.-




Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:















OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA




























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PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º:
OTÓRGASE a la Señora María Esther Biorkman y el Sr. José Ángel Melo, una


excepción al Código Urbano y de Edificación, Capítulo 13.14.3. – Subdivisión,


AUTORIZÁNDOSE a subdividir el Lote Nº 7 de la Manzana “C”, Nomenclatura Catastral


Nº 13-20-052-9053, de veinte (20) metros de frente por cincuenta (50) metros de fondo, con una


superficie de mil metros cuadrados (1000 m²), en dos lotes de diez (10) metros de frente por


cincuenta (50) metros de fondo cada uno.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.- Promulgada


envíese copia de la presente a los peticionantes para su conocimiento y trámite


posterior que corresponda.-




ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén, conforme las


Cláusulas Complementarias y Transitorias Nº 2 Inc. “c” de la Carta Orgánica


Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la misma.-



ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl Ande.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, A LOS


CINCO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN CONSTA


EN ACTA Nº 1054/01.-















OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA