Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1510/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1510/2007
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3716/07 de fecha 04/09/2007 originado por Notas Externas Nº
306/07 y 328/07 de fecha 04/09/2007 y 19/09/2007, respectivamente, del
Departamento Ejecutivo Municipal, que contiene Acuerdo Marco de Cooperación firmado en
fecha 06 de Septiembre de 2007 en la Ciudad de Neuquén, entre la Dirección Nacional de
Migraciones y la Municipalidad de Junín de los Andes “Programa Nacional de
Normalización Documentaria Migratoria”, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Cláusula Primera establece que el presente tendrá carácter de Acuerdo marco
y estará basado en la necesaria colaboración que debe existir entre organismos públicos que
participan de objetivos comunes.-
Que, la Cláusula Segunda dice que la Dirección Nacional de Migraciones y el
Municipio se comprometen a implementar acciones mancomunadas tendientes a poner en
ejecución el Programa Nacional de Normalización documentaria Migratoria que
implicará la regularización de los extranjeros nativos de los Estados Parte del MERCADO
COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y sus Estados Asociados residentes en el país con
anterioridad a la implementación del Programa.-
Que, la Cláusula Tercera enuncia que la Dirección Nacional de Migraciones
determinará el modo, tiempo y forma de ejecución del Programa, el cual deberá basarse en la
intervención activa del Municipio y de las Instituciones Sociales que actúan en las
problemáticas migratorias.-
Que, la Cláusula Cuarta estipula que el Municipio determinará e informará a la
Dirección Nacional de Migraciones el funcionario municipal que actuará como enlace entre
los organismos, quien podrá ser facultado por el Municipio para suscribir en representación
del mismo las actas o protocolos adicionales mencionados en la Cláusula Sexta.-
Que, la Cláusula Quinta establece que el Municipio podrá promover en su
jurisdicción la participación activa en el Programa de las instituciones sociales con actuación
en el ámbito municipal, así como difundir los objetivos y requisitos del mismo.-
Que, la Cláusula Sexta dice que el Municipio además de las acciones de colaboración
que surgen del presente Acuerdo y de las que se determine por actas o protocolos adicionales,
podrá ser agente de recepción de solicitudes de regularización que presenten los extranjeros,
en las mismas condiciones que se establezcan para la Instituciones sociales colaboradoras.-
Que, la Cláusula Séptima expresa que el Municipio participar en el proceso de
entrega de las radicaciones producto del programa que se otorguen a los extranjeros con
domicilio en su jurisdicción.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1510/07.-
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Concejo Deliberante
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Que, la Cláusula Octava estipula que a los fines de la concreción de los objetivos
fijados en el presente Acuerdo las partes podrán establecer en actas o protocolos adicionales
las modalidades, aportes y compromisos de su participación en el Programa.-
Que, la Cláusula Novena establece que el presente Acuerdo tendrá una vigencia de
DOS (2) años a partir de su suscripción pudiendo ser prorrogado por idéntico plazo de común
acuerdo.-
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, y
conforme lo expresado en Despacho Nº 063/07 de la Comisión de Planificación, Producción y
turismo, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 03/10/2007, homologar el
citado Acuerdo Marco, con el dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Acuerdo Marco de Cooperación firmado en fecha 06 de
Septiembre de 2007 en la Ciudad de Neuquén, entre la Dirección Nacional
de Migraciones, representada por el Sr. Jefe de la Delegación Neuquén, Don Luís Héctor
López, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente
Municipal, Don Ángel Clemente Herrera, para ejecución del “Programa Nacional de
Normalización Documentaria Migratoria”, el cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio, envíese copia a la Dirección Nacional de
Migraciones, Delegación Neuquén, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Concejal Miguel Ángel
Guidali.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
TRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE, SEGÚN CONSTA EN
ACTA Nº 1345/07.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA