2169 - 12 Excepción Ordenanza Nº 934-10 Loteo Huechulafquen al Arq. Guillermo Marino.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2169/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 2169/2012



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 6272/12 de fecha 03/09/2012, iniciado por el Arquitecto Guillermo
Marino, mediante el cual remite solicitud de excepción a la Ordenanza Nº 934/01,


perteneciente al Loteo Huechulafquen, para hacer uso del retiro de frente y aumentar el FOT


permitido por la misma, en el Lote 8 de la Mza. 24, y;




CONSIDERANDO




Que, a fs. 01 del Expte. consta Nota S/Nº de fecha 03/09/2012 presentada por el Arq.


Guillermo Marino Matrícula CAN 1232, mediante el cual solicita excepción a la Ordenanza


Nº 934/01 y explica los motivos que fundamentan la solicitud de excepción.-




Que, los motivos por los cuales solicita la excepción es para ocupar el retiro de


frente, ya que la zona en que se permite edificar, se encuentran árboles nativos impidiendo el


uso de ese sector, quedando como única alternativa el desmonte de los mismos y que con la


intención de preservar las especies y teniendo en cuenta que el retiro es de casi doce metros y


no posee vegetación alguna, se propone hacer uso del mismo, dejando un retiro desde la línea


municipal a la edificada de cuatro metros.-




Que, en cuanto al aumento del FOT (Factor de Ocupación Total), se solicita una


mayor ocupación de superficie, dado que la función del edificio será una confitería, uso


permitido por el artículo Nº 81 de la Ordenanza Nº 934/01 (Servicio al Turista).-




Que, a fojas 03 del Expte. se adjunta plano esquemático en el que se indica la


distribución de la edificación y otros espacios.-




Que, en fojas 11 del Expte., consta informe técnico de fecha 17/10/2012, firmado por


el Arq. Alejandro J. Garcés, Sub-Secretario de Planeamiento Urbano Municipal, el cual


expresa que:
- “Visto que parte de la fundamentación es para salvar árboles y que por tratarse de una modificación


viable de lo solicitado por C.U.E. se considera positiva la posibilidad del otorgamiento de la excepción


solicitada, descripta en el Expte., ya que respeta los demás condicionantes urbanos, siempre y cuando


se cumpla con los trámites municipales correspondientes.”-




Que, atento a dicho informe técnico, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria


de fecha 31/10/2012 dictaminó aprobar el Despacho Nº 108/12 de la Comisión interna de


Obras y Servicios Públicos, en forma unánime y otorgar la excepción solicitada, con el dictado


de la norma legal pertinente.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES






















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2169/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: al Arquitecto Guillermo Marino, Matrícula CAN Nº 1232,


una excepción a la Ordenanza Nº 934/2001 para la construcción de una


Confitería en Lote 8 de la Manzana Nº 24 del Loteo “Huechulafquen”, según lo solicitado en


Expte. C.D. Nº 6272/12 de fecha 03/09/2012, y conforme informe técnico de fecha


17/10/2012, elaborado por el Arq. Alejandro J. Garcés, Subsecretario de Planeamiento


Urbano.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación;


y por su intermedio, envíese copia de la presente a la Secretaría de Obras y


Servicios Públicos y al presentante, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE


OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1641/12.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES