2430 - 14 Ratificación Convenio Marco Ministerio de Educación de la Nación.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2430/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2430/2014



VISTO: La Nota Nº 552/14 de fecha 14/10/2014 de la Intendencia Municipal, la cual diera


origen al Expte. C.D. Nº 7481/14, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante el mismo se remite Convenio Marco entre el Ministerio de Educación


de la Nación y la Municipalidad de Junín de los Andes, por el cual se implementará el


“Programa Nacional de Alfabetización y Educación Primaria para Jóvenes y Adultos –


Encuentro; y se solicita autorización de la incorporación en el Presupuesto General de la


Administración Municipal Ejercicio Año 2014, para la apertura de las Partidas Presupuestarias


de Gastos y Recursos correspondiente a los fondos provenientes del Convenio antes


mencionado.-


Que, en Cláusula Primera del Convenio de referencia, el Ministerio brindará


asistencia técnica a la “Entidad Conveniante” para la iniciación de “El Programa”, así como


también para la capacitación de los alfabetizadores y el seguimiento de las acciones previstas


en el marco de la Resolución Ministerial Nº 1073/12.-


Que, en su Cláusula Segunda el Convenio establece: que el Ministerio entregará a la


“Entidad Conveniente” la cantidad de juegos materiales de apoyo a la enseñanza y de útiles


escolares que requiera la implementación de “El Programa”. La “Entidad Conveniante”, por su


parte, asume el compromiso de entregar a “El Ministerio” las “Planillas de Altas de Centros de


Alfabetización”, en las que constatarán los datos del alfabetizador, de los alfabetizandos, el


domicilio del Centro de Alfabetización y cualquier otra información que pueda resultar


relevante para el desarrollo de “El Programa”. Las planillas deberán ser suscriptas por el


Representante de la “Entidad Conveniente”, al que se hace referencia en la Cláusula Quinta.-


Que, la Cláusula Tercera expresa: “La Entidad Conveniante podrá establecer


acuerdos de colaboración con organizaciones e instituciones de carácter público ó privado


interesados en apoyar la implementación de “El Programa” en su jurisdicción.-


Que, la Cláusula Cuarta manifiesta: La “Entidad Conveniante” asume como


obligaciones a su cargo la convocatoria a los interesados en alfabetizarse, la selección,


capacitación y seguimiento de los alfabetizadores, la distribución de los materiales de apoyo a


la enseñanza, la definición de los ámbitos en los que funcionarán los centros de alfabetización,


la provisión del equipamiento necesario, la selección de la modalidad de trabajo a desarrollar,


la distribución de los fondos, para alfabetizadores y coordinadores, transferidos en concepto de


gastos de movilidad y la entrega a “El Ministerio” de las planillas de rendición


correspondientes en tiempo y forma. La información remitida tendrá carácter de declaración


jurada y cualquier adulteración y/o falsedad podrá ser considerada falta grave y motivo de


extinción del presente Convenio.-


Que, la Cláusula Quinta establece: La “Entidad Conveniante” designa en este acto a


la Señor Patricia Noemí Hvalsoe, DNI Nº 17.351.426, en su carácter de Representante


responsable de la gestión de “El Programa”.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2430/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Concejo Deliberante, a través del Despacho Nº 096/14 de la Comisión


Interna de las Expresiones Comunitarias, aprobado en forma unánime en Sesión Ordinaria de


fecha 05/11/2014, dispuso la aprobación del Convenio, con la salvedad que en la Cláusula


Quinta, no deberá quedar asignado nombre propio de personas, sino que se deberá mencionar


el Área o Secretaría que correspondiera.-




Que, al efecto, se debe dictar la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado entre el Ministerio de Educación,


de la Nación, representado por el Sr. Secretario de Educación, Licenciado


Jaime Perczyk y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por su Intendente


Municipal, Sr. Juan Domingo Linares; en el marco del “Programa Nacional de Alfabetización


y Educación Primaria para Jóvenes y Adultos – Encuentro”, el cual integra la presente como


Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que mediante la firma de Addenda se deberá modificar la


Cláusula Quinta del citado Convenio, en la cual no deberá quedar asignado


nombre propio de personas, sino que se deberá mencionar el Área o Secretaría que


correspondiera.-


ARTÍCULO 3º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal – Ejercicio – año 2014,


la Partida Presupuestaria de Gastos y Recursos correspondiente a los fondos provenientes del


Convenio citado en el Artículo 1º.-


ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al


Ministerio de Educación de la Nación.-


ARTÍCULO 5º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.756/14.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA