Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2430/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2430/2014
VISTO: La Nota Nº 552/14 de fecha 14/10/2014 de la Intendencia Municipal, la cual diera
origen al Expte. C.D. Nº 7481/14, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo se remite Convenio Marco entre el Ministerio de Educación
de la Nación y la Municipalidad de Junín de los Andes, por el cual se implementará el
“Programa Nacional de Alfabetización y Educación Primaria para Jóvenes y Adultos –
Encuentro; y se solicita autorización de la incorporación en el Presupuesto General de la
Administración Municipal Ejercicio Año 2014, para la apertura de las Partidas Presupuestarias
de Gastos y Recursos correspondiente a los fondos provenientes del Convenio antes
mencionado.-
Que, en Cláusula Primera del Convenio de referencia, el Ministerio brindará
asistencia técnica a la “Entidad Conveniante” para la iniciación de “El Programa”, así como
también para la capacitación de los alfabetizadores y el seguimiento de las acciones previstas
en el marco de la Resolución Ministerial Nº 1073/12.-
Que, en su Cláusula Segunda el Convenio establece: que el Ministerio entregará a la
“Entidad Conveniente” la cantidad de juegos materiales de apoyo a la enseñanza y de útiles
escolares que requiera la implementación de “El Programa”. La “Entidad Conveniante”, por su
parte, asume el compromiso de entregar a “El Ministerio” las “Planillas de Altas de Centros de
Alfabetización”, en las que constatarán los datos del alfabetizador, de los alfabetizandos, el
domicilio del Centro de Alfabetización y cualquier otra información que pueda resultar
relevante para el desarrollo de “El Programa”. Las planillas deberán ser suscriptas por el
Representante de la “Entidad Conveniente”, al que se hace referencia en la Cláusula Quinta.-
Que, la Cláusula Tercera expresa: “La Entidad Conveniante podrá establecer
acuerdos de colaboración con organizaciones e instituciones de carácter público ó privado
interesados en apoyar la implementación de “El Programa” en su jurisdicción.-
Que, la Cláusula Cuarta manifiesta: La “Entidad Conveniante” asume como
obligaciones a su cargo la convocatoria a los interesados en alfabetizarse, la selección,
capacitación y seguimiento de los alfabetizadores, la distribución de los materiales de apoyo a
la enseñanza, la definición de los ámbitos en los que funcionarán los centros de alfabetización,
la provisión del equipamiento necesario, la selección de la modalidad de trabajo a desarrollar,
la distribución de los fondos, para alfabetizadores y coordinadores, transferidos en concepto de
gastos de movilidad y la entrega a “El Ministerio” de las planillas de rendición
correspondientes en tiempo y forma. La información remitida tendrá carácter de declaración
jurada y cualquier adulteración y/o falsedad podrá ser considerada falta grave y motivo de
extinción del presente Convenio.-
Que, la Cláusula Quinta establece: La “Entidad Conveniante” designa en este acto a
la Señor Patricia Noemí Hvalsoe, DNI Nº 17.351.426, en su carácter de Representante
responsable de la gestión de “El Programa”.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2430/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante, a través del Despacho Nº 096/14 de la Comisión
Interna de las Expresiones Comunitarias, aprobado en forma unánime en Sesión Ordinaria de
fecha 05/11/2014, dispuso la aprobación del Convenio, con la salvedad que en la Cláusula
Quinta, no deberá quedar asignado nombre propio de personas, sino que se deberá mencionar
el Área o Secretaría que correspondiera.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado entre el Ministerio de Educación,
de la Nación, representado por el Sr. Secretario de Educación, Licenciado
Jaime Perczyk y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por su Intendente
Municipal, Sr. Juan Domingo Linares; en el marco del “Programa Nacional de Alfabetización
y Educación Primaria para Jóvenes y Adultos – Encuentro”, el cual integra la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que mediante la firma de Addenda se deberá modificar la
Cláusula Quinta del citado Convenio, en la cual no deberá quedar asignado
nombre propio de personas, sino que se deberá mencionar el Área o Secretaría que
correspondiera.-
ARTÍCULO 3º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el
Presupuesto General de la Administración Municipal – Ejercicio – año 2014,
la Partida Presupuestaria de Gastos y Recursos correspondiente a los fondos provenientes del
Convenio citado en el Artículo 1º.-
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al
Ministerio de Educación de la Nación.-
ARTÍCULO 5º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.756/14.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA