3092 - 21 Otorgar 10% descuento Tasa Servicios Retributivos Expte. E.M. Nº 77- 89-21.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3092/2021


VISTO: Los Exptes. E.M. Nº 77/21 de fecha 11/01/2021, iniciado por la Sra. Acenjo, Berta


Inés y Nº 89/2021 de fecha 13/01/2021, iniciado por el Sr. Sandoval Héctor Adolfo,


y;


CONSIDERANDO:


Que, en los citados Exptes. los presentantes, solicitan el beneficio de exención y/o


descuentos en concepto de pago de Tasa por Servicio a la Propiedad de Inmueble.-


Que, los solicitantes son jubilados y/o pensionados y el haber que perciben es la


mínima y/o es el único ingreso percibido;


Que, este Concejo considera que los montos establecidos en Ordenanza N° 2995/20


– Art. 10 – Inciso C, se encuentran desactualizados,


Que, se observa en cada expediente de los solicitantes que los ingreso en concepto de


jubilación o pensión rondan entre los $ 18.000 y $ 25.000.- aproximadamente;


Que, analizados todos los antecedentes obrantes y en virtud a las normativas vigentes,


este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 24/02/2021, conforme al Despacho Nº


003/21 de la Comisión Interna de Labor Legislativa, aprobado por mayoría 6-2, se dicta la


norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A:


ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: un descuento del 10% (Diez) al impuesto de Tasa por


Servicios a la Propiedad de Inmueble, a las personas que se detallan a continuación:


Apellido y Nombre D.N.I. Dirección del Inmueble Expte.


Acenjo Berta Inés F5.485.125 Inmueble ubicado en Padre Milanesio 150 77/21


Sandoval Héctor


Adolfo


13.287.568 Pasaje Juez de Paz José Sánchez 70 89/21




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el descuento otorgado en el artículo anterior tiene


vigencia a partir de la promulgación, y hasta el lapso de un año.-


ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a los


interesados.-


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO


DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2095/21.-





LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA





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