2404 - 14 Aprobación Protocolo Adicional - Educación a distancia Fundación Iberoamericana de Estudios Superiores de la UAI.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2404/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2404/2014



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 7351/14 de fecha 21/07/2014 iniciado por el Departamento Ejecutivo


Municipal, mediante el cual remite “Protocolo Adicional Segundo y Protocolo Adicional –


Educación a Distancia”, ambos suscriptos por la Fundación Iberoamericana de Estudios Superiores,


patrocinadora de la Universidad Abierta Interamericana (UAI) y la Municipalidad de Junín de los


Andes, y;


CONSIDERANDO


Que, la Cláusula Primera del “Protocolo Adicional – Educación a Distancia”, establece:


Objeto: La Universidad con el fin de facilitar la accesibilidad social desde el punto de vista geográfico,


propone al Municipio que éste le facilite instalaciones y recursos para el desarrollo de actividades de


carácter mixto, es decir, tanto actividades de índole académica como de soporte tecnológico del


Campus Virtual UAIOnline de Educación a Distancia. El Municipio acepta la propuesta de la


Universidad por lo cual deciden ambas partes crear un ente bipartito que se denominará Unidad de


Apoyo de Educación a Distancia (UAED).-


Que, la Cláusula Segunda, establece: Implementación: A los efectos de materializar esta


creación y sin perjuicio del apoyo que ambas partes imprimirán al proyecto en el futuro, la Universidad


nombrará un coordinador de la UAED el que residirá en la localización geográfica del Municipio y


realizará sus tareas en las instalaciones que al efecto pondrá a disposición esta última institución. La


remuneración del citado funcionario correrá por cuenta de la Universidad. El mismo será responsable


de la gestión en los aspectos académicos y administrativos del sistema. Este Coordinador deberá estar


capacitado en todos los aspectos que hacen al funcionamiento del sistema, del os diferentes programas


que se implementen en la modalidad a distancia y en las reglamentaciones internas de la Universidad.-


Que, la Cláusula Tercera establece las funciones del Coordinador de la UAED.-


Que, la Cláusula Cuarta establece las funciones de la UAED.-


Que, el “Protocolo Adicional Segundo”, tiene por objeto pactar los detalles de la inscripción,


matriculación y distribución de excedencias, sobre las carrera de “Licenciatura en Gestión de


Instituciones Educativas – ciclo de Licenciatura” – tres semestres de duración-, la “Carrera de analista


y Programador” – tecnicatura de dos años de duración- la “Tecnicatura Universitaria en Ventas” – de


dos años y medio de duración – la carrera de “Guía de turismo” – tecnicatura de dos años y medio de


duración, la “Tecnicatura Universitaria en Gestión y Organización de eventos” – de dos años y medio


de duración, la Lic. En Producción de Bioimágenes – ciclo de licenciatura – de dos años de duración, la


carrera de Martillero Público, corredor y Administrador de Consorcio dedos años y medio de duración


y la Tecnicatura en Desarrollo de Videojuegos, de dos años y medio de duración – todas a dictarse bajo


la modalidad a distancia, pertenecientes a la Universidad.-


Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 128 establece que la “La Municipalidad de
Junín de los Andes reconoce a la educación como herramienta fundamental en el proceso de apropiación de la


cultura para alcanzar el desarrollo integral y la socialización de las personas. Realizará e impulsará las


acciones para garantizar el cumplimiento de los derechos constitucionales a recibir una educación de calidad en


todas las edades, pública, gratuita, laica y con igualdad de oportunidades y posibilidades para todos los


habitantes”.-


Que, el Artículo 130º expresa que “La Municipalidad, sin desconocer la competencia provincial y
garantizando la consulta permanente a la comunidad, tiene el derecho a emitir opinión sobre las necesidades


educativas y exigir a las autoridades correspondientes adecuadas infraestructura, equipamiento, planes y


modalidades, que cumplan con los preceptos constitucionales y afiancen el arraigo”.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2404/13.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, el Artículo 130º expresa que “La Municipalidad, sin desconocer la competencia provincial y
garantizando la consulta permanente a la comunidad, tiene el derecho a emitir opinión sobre las necesidades


educativas y exigir a las autoridades correspondientes adecuadas infraestructura, equipamiento, planes y


modalidades, que cumplan con los preceptos constitucionales y afiancen el arraigo”.-


Que, este Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha 13/08/2014, Conforme


Despacho Nº 070/14 de la Comisión de Economía, dispuso sobre tablas y por mayoría (6 votos a favor


y 1 votos en contra), homologar el citado “Protocolo Adicional Segundo y Protocolo Adicional –


Educación a Distancia”, con el dictado de la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE: el “PROTOCOLO ADICIONAL – EDUCACIÓN A


DISTANCIA”, celebrado en fecha 08 de abril de 2014 entre la Fundación
Iberoamericana de Estudios Superiores
, entidad organizadora, patrocinadora y titular de la


personería jurídica que corresponde a la Universidad Abierta Interamericana (UAI), con domicilio


en la calle Chacabuco 90 – Piso 1º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto


por su apoderado, Dr. Marcelo Edgardo De Vincenzi, D.N.I. Nº 14.952.462, en adelante “LA


UNIVERSIDAD”; y el “Municipio de Junín de los Andes”, con domicilio legan en Ginés Ponte Nº


504, de la Ciudad de Junín de los Andes, representado en este acto por el Sr. Juan Domingo Linares,


D.N.I. Nº 17.754.676, en su carácter de Intendente Municipal, en adelante “EL MUNICIPIO”, el cual


consta de Ocho (8) Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: APRUÉBASE: el “PROTOCOLO ADICIONAL SEGUNDO”, celebrado en


fecha 09 de abril de 2014 entre la Fundación Iberoamericana de Estudios


Superiores, entidad organizadora, patrocinadora y titular de la personería jurídica que corresponde a la


Universidad Abierta Interamericana (UAI), con domicilio en la calle Chacabuco 90 – Piso 1º de la


Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su apoderado, Dr. Marcelo


Edgardo De Vincenzi, D.N.I. Nº 14.952.462, en adelante “LA UNIVERSIDAD”; y el “Municipio


de Junín de los Andes”, con domicilio legan en Ginés Ponte Nº 504, de la Ciudad de Junín de los


Andes, representado en este acto por el Sr. Juan Domingo Linares, D.N.I. Nº 17.754.676, en su


carácter de Intendente Municipal, en adelante “EL MUNICIPIO”, el cual consta de Doce (12)


Cláusulas e integra la presente como Anexo II.-


ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio envíese copia de la presente a la Universidad


Abierta Interamericana (UAI).-


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


VEINTISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1.743/14.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA