2500 - 15 Incorporación Partida en el Presupuesto 2015 Proyecto denominado Junin Mueve.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante


1






O R D E N A N Z A Nº 2500/2015

VISTO: La Ordenanza la Ordenanza Nº 2483/2015, sancionada en fecha 20 de mayo de 2015, y;




CONSIDERANDO




Que, mediante la citada Ordenanza se ratifica el Convenio el “CONVENIO ENTRE LA


SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA ENTRE EL MUNICIPIO


DE JUNÍN DE LOS ANDES”, en relación al Proyecto denominado “JUNÍN MUEVE”, celebrado en


fecha 29 de Diciembre de 2015.-


Que, la Cláusula Segunda del citado Convenio establece que: “El Municipio” se obliga a


desarrollar un Proyecto denominado “Junín Mueve”. Todo a desarrollarse en todos los barrios que


conformen el Municipio de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, a los largo de nueve (9) meses


de ejecución. Las actividades deberán iniciarse dentro de los ciento (120) días contados a partir de la


fecha de efectiva disposición de los fondos girados en concepto d subsidio por la Cláusula Tercera, la


cual en ningún caso podrá superar los cuatro meses posteriores a la fecha de transferencia.-


Que, la Cláusula Tercera, establece que: “La Secretaría” se compromete a transferir a “El


Municipio” un monto total de Pesos cien Mil ($ 100.000,00), para cubrir los gastos correspondientes


a la ejecución de las líneas de acción del Proyecto…-


Que, en vista de los expuesto, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha


29/07/2015, dispuso sobre tablas y por unanimidad en incorporar en el Presupuesto General de la


Administración Municipal Ejercicio 2015, la Partida Presupuestaria de Gastos y Recursos, y la apertura


de la Cuenta Bancaria, bajo la denominación “Junín Mueve”, con el dictado de la norma pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA,


SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: INCORPÓRASE: en el Presupuesto General de la Administración Municipal –


Ejercicio año 2015 - Ordenanza Nº 2454/2014 – la Partida Presupuestaria de Gastos


y Recursos, bajo la denominación “Junín Mueve”, por la suma de Pesos Cien Mil ($ 100.000,00).-


ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal la Apertura de la Cuenta


Bancaria en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal San Martín de los Andes,


denominada “Junín Mueve”, para depositar los fondos provenientes de la Secretaría Nacional de la


Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF).-


ARTÍCULO 3º: REMITASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada por su intermedio, envíese copia de la presente a la SENAF y al Banco


de la Nación Argentina, Sucursal San Martín de los Andes.-


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


VEINTINUEVE DÍAS DEL MES JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN


ACTA Nº 1.800/15.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA