Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1070/03.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1070/2003
VISTO: Expte. C.D. Nº 2606/03 de fecha 07/04/2003 iniciado por la Secretaría de Obras y
Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, donde remite Nota de fecha
25/32/2003, presentada por el Sr. Hugo Bernardo, D.N.I. Nº 20.512.104, mediante la cual solicita
autorización para realizar la construcción de una ampliación en la Vivienda institucional I.P.V.U.N
– Salud Pública), que ocupa desde el 30/09/2002 junto a su familia, según disposición Nº 259,
cuyos datos Catastrales son: Manzana 65, Nomenclatura Catastral 13-20-53-8061, sita en calle
Lolog Nº 548, del Barrio 15 de Febrero de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme se expresa en Nota obrante a fs. 01 del Expte. de referencia, el motivo
por el cual el presentante realiza esta solicitud de excepción, se debe a que su vivienda está
ubicada entre otras dos casas institucionales en la misma cuadra, y como se trata de viviendas
apareadas la única posibilidad de ampliación que tiene este tipo de edificación es sobre el espacio
disponible entre la misma. Aclarando que en todas las casas de la cuadra existen aleros hechos
para el resguardo de los vehículos, que se unen unos con otros.-
Que, con respecto al F.O.S. y el F.O.T. indicados en el Código Urbano y de edificación,
manifiesta que el mismo será respetado.-
Que, asimismo expresa que la superficie a ampliar consta de aproximadamente 33 m² en
planta baja y en planta alta se realizarán dos habitaciones con un baño; y que el proyecto fue
realizado con características similares a las de la construcción existente, con un techo a dos aguas
y con la realización de una lucarna en el frente y otra en el contrafrente.-
Que, en el Expte. consta en informe Técnico de fecha 28/03/2003 elaborado por el
Departamento Técnico dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Municipio,
Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, donde se detallan los parámetros estipulados en el Código
Urbano y de Edificación para el Área Residencial 1 (AR-1), zona en la cual se encuentra situado
dicho inmueble.-
Que, dicho Departamento Técnico, expresa que “según el C.U.E. en el punto 13.13.3.
dicha ampliación sobre el retiro lateral quedaría imposibilitada, pero de acuerdo a antecedentes
registrados en esa zona y específicamente sobre calle Rim 26, donde se estaría invadiendo este
retiro; se sugiere a los Sres. Concejales evaluar una futura modificación al área en cuestión”.-
Que, por ello el Departamento Técnico “cree necesario otorgar la vía de excepción para
el uso detallado en el Exp. 6703/03 presentado por el Profesional Rosario Bonaccorso”.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 23/04/2003 atento al
informe técnico de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente – Departamento Técnico, y conforme lo resuelto por Despacho Nº 055/2003 de fecha
22/04/2003, emitido por la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente, dispone por unanimidad otorgar la excepción solicitada y determina que la Secretaría
SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, deberá tomar los recaudos
correspondientes para la presentación de Planos y documentación correspondiente, dado que por
tratarse de una vivienda institucional sus modificaciones deben estar expresamente autorizadas por
el organismo competente.-
Que, al efecto debe sancionarse la norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE al Sr. BERNARDO, Hugo, D.N.I. Nº 20.512.104, una excepción
al Código Urbano y de Edificación, Sección II, Capítulo 13, Inciso 13.13.3, para
la construcción de una ampliación en la Vivienda institucional (I.P.V.U.N – Salud Pública), cuyos
datos Catastrales son: Manzana 65, Nomenclatura Catastral 13-20-53-8061, sita en calle Lolog Nº
548, Del Barrio 15 de Febrero de Junín de los Andes; y AUTORÍZASE la ocupación del Retiro
de Lateral, según Exp. 6703/03 presentado por el Profesional Rosario Bonaccorso.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y por
su intermedio envíese copia de la presente al interesado y al profesional
actuante, a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente,
para que tome los recaudos correspondientes, para la presentación de los planos en tiempo y forma
y documentación correspondiente, dado que por tratarse de una vivienda institucional sus
modificaciones deben estar expresamente autorizadas por el organismo competente, al Instituto
Provincial de Vivienda y Urbanismo del Neuquén y a la Secretaría de Salud de la Provincia, a sus
efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay A. J.
del Río.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUEN, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1119/03.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA