Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3245/22
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
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O R D E N A N Z A Nº 3245/2022
VISTO: El Expediente C.D. N° 11134/22 de fecha 18/02/2022, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite, Convenio celebrado en fecha 18 de
Enero de 2022 entre la Municipalidad de Junín de los Andes (“La Municipalidad”) y la
Unidad Provincial de Enlace y Ejecución de Proyectos con Financiamiento Externo
(“UPEFE”), y;
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno de la Provincia de Neuquén busca promover, desarrollar e
incentivar la práctica deportiva en todas sus formas, fortaleciendo el deporte comunitario y
creativo, como forma de contención de los grupos poblacionales prioritarios.-
Que, en el mencionado convenio la UPEFE asistirá al financiamiento del proyecto
denominado “INSTALACION DEL ALUMBRADO EN CANCHA DE HOCKEY DE
CESPED SINTETICO EN LA LOCALIDAD DE JUNIN DE LOS ANDES”, la cual será
realizada por LA MUNICIPALIDAD, en un todo de acuerdo con las actuaciones
administrativas que transmitan en expedientes 8290-001895/2021.-
Que, la UPEFE con fondos bajo su administración asistirá a LA MUNICIPALIDAD,
por hasta la suma de PESOS SEIS MILLONES DOCIENTOS TREINTA Y UN MIL
OCHENTA Y OCHO CON 26/100 ($6.231.088,26), para ser destinado a la ejecución del
Proyecto indicado en la clausula primera, suma que será afectada por LA UPEFE sujeta al
avance de obra certificada.
Que, LA MUNICIPALIDAD, destinara el aporte otorgado en el marco del presente
Convenio, para la adquisición de materiales y mano de obra destinados a la ejecución de la
obra mencionada, realizando todos los actos administrativos, habilitaciones, contrataciones,
provisiones y gestiones necesarias para la concreción del mismo conforme a la normativa
aplicable, asumiendo total responsabilidad sobre su ejecución y calidad, también tendrá a su
cargo la supervisión técnica del proyecto, control y seguimiento de la documentación técnica y
legal correspondiente a la obra a ejecutarse, y deberá dar inicio a la misma, en un plazo no
mayor a 5 (cinco) días corridos, contados a partir de la transferencia de los fondos por parte
de la UPEFE y un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, debiendo informar a la
UPEFE el grado de avance y resultado de los trabajos, ejecución y habilitación
correspondientes.
Que, este Concejo Deliberante resuelve en sesión extraordinaria de Fecha
12/02/2022, aprobar por unanimidad el convenio antes mencionado, con el distado de la
norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA
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ARTÍCULO 1°: APRUEBASE el Convenio de Asistencia, en el marco del “Programa a la
Inversión Local y Desarrollo Municipal suscripto entre la UNIDAD
PROVINCIAL DE ENLACE Y EJECUCION DE PROYECTOS CON
FINANCIAMIENTO EXTERNO (UPEFE), representada en este acto por su Presidente
Cr.Jorge Luis Ferreira, DNI Nº 16.703.981, constituyendo domicilio en Calle Belgrano 398,
piso 9º, de la ciudad de Neuquén Capital, y la MUNICIPALIDAD DE JUNIN DE LOS
ANDES, (LA MUNICIPALIDAD) con domicilio en calles Ginés Ponte y Don Bosco de la
Localidad de Junín de los Andes, Departamento Huiliches, Provincia del Neuquén,
representada en este acto por el Sr. Intendente Sr. Carlos A. Corazini, DNI Nº 17.045.496; el
que forma parte de la presente como ANEXO I.-
ARTICULO 2°: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en
el Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio año 2022,
Ordenanza Nº 3227/2021, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiente a
los fondos provenientes del Convenio ratificado en el Artículo anterior de la presente.-
ARTICULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos
Una vez promulgada, por su intermedio remítase, a las áreas e instituciones
interesadas.-
ARTICULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS
DOCE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 2144/22.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA
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ANEXO I
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LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA
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5
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA
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LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA