Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2337/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2337/2014
VISTO: La Nota Nº 035/14 de fecha 03/02/14 del Departamento Ejecutivo Municipal,
firmada por el Sr. Intendente Municipal, Juan Domingo Linares, mediante el cual eleva
adjunto original de Acuerdo-Convenio celebrado entre la Comisión del 1º Patio de Comidas
“Gustavo de Antueno” y la Municipalidad de Junín de los Andes, Registro C.D. Nº 62/14 , y;
CONSIDERANDO
Que, las partes deciden celebrar el Acuerdo – Convenio en el marco de la XXVIº
Edición de la Fiesta Nacional del Puestero, a realizarse en esta Ciudad entre los días 12 al 16 de
febrero del año 2014, y lo reglamentado por Ordenanza Nº 1215/2004 es facultad del
Departamento Ejecutivo Municipal fijar los valores y condiciones para el correcto funcionamiento
de los puestos de ventas de comidas tradicionales y rápidas.-
Que, la Cláusula Primera expresa: será de LA COMISIÓN responsabilidad exclusiva
del alquiler del espacio físico para el funcionamiento del Patio de Comidas, La Comisión
desvincula expresamente a la Municipalidad de toda responsabilidad por reclamos de cualquier
tipo por parte de terceros derivados de daños que pudieran ocasionarse con motivo del
cumplimiento del presente contrato. Consecuentemente, responderá directamente, indemnizará y/o
defenderá a su costa a la contratante en todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades
de toda naturaleza y especie, incluidas las costas y gastos que se deriven de actos u omisiones de
la productora en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones del presente
acuerdo.-
Que, en la Carta Orgánica Municipal, Artículo 137, se expresa: “La Municipalidad
reconoce como patrimonio cultural a las fiestas populares de Junín de los Andes, que afianzadas a
través del tiempo formen parte de nuestra identidad y contribuyan al fomento turístico,
garantizando la esencia y espíritu de cada una de ellas. Las ordenanzas respectivas normarán su
estructura organizativa y su funcionamiento”.-
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, de Nuestra
Carta Orgánica Municipal, dispuso por unanimidad en Sesión Extraordinaria de fecha 03/02/2014,
ratificar dicho Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2337/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO - ACUERDO celebrado entre la
MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representado por el Intendente Municipal
Juan Domingo Linares y la COMSIÓN del“1º PATIO DE COMIDAS - GUSTAVO DE
ANTUENO”, cuyo representante es el Sr. Presidente Calfuqueo Francisco, el cual integra la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la Comisión
del Patio de Comidas “Gustavo de Antueno”.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TRES DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL
CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.711/14.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
PRESIDENTE A/C