2337 - 14 Homologar Convenio Patio de Comida Gustavo de Antueno.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2337/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1




O R D E N A N Z A Nº 2337/2014



VISTO:
La Nota Nº 035/14 de fecha 03/02/14 del Departamento Ejecutivo Municipal,


firmada por el Sr. Intendente Municipal, Juan Domingo Linares, mediante el cual eleva


adjunto original de Acuerdo-Convenio celebrado entre la Comisión del 1º Patio de Comidas


“Gustavo de Antueno” y la Municipalidad de Junín de los Andes, Registro C.D. Nº 62/14 , y;


CONSIDERANDO


Que, las partes deciden celebrar el Acuerdo – Convenio en el marco de la XXVIº


Edición de la Fiesta Nacional del Puestero, a realizarse en esta Ciudad entre los días 12 al 16 de


febrero del año 2014, y lo reglamentado por Ordenanza Nº 1215/2004 es facultad del


Departamento Ejecutivo Municipal fijar los valores y condiciones para el correcto funcionamiento


de los puestos de ventas de comidas tradicionales y rápidas.-




Que, la Cláusula Primera expresa: será de LA COMISIÓN responsabilidad exclusiva


del alquiler del espacio físico para el funcionamiento del Patio de Comidas, La Comisión


desvincula expresamente a la Municipalidad de toda responsabilidad por reclamos de cualquier


tipo por parte de terceros derivados de daños que pudieran ocasionarse con motivo del


cumplimiento del presente contrato. Consecuentemente, responderá directamente, indemnizará y/o


defenderá a su costa a la contratante en todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades


de toda naturaleza y especie, incluidas las costas y gastos que se deriven de actos u omisiones de


la productora en el cumplimiento de cualquiera de los términos y condiciones del presente


acuerdo.-




Que, en la Carta Orgánica Municipal, Artículo 137, se expresa: “La Municipalidad


reconoce como patrimonio cultural a las fiestas populares de Junín de los Andes, que afianzadas a


través del tiempo formen parte de nuestra identidad y contribuyan al fomento turístico,


garantizando la esencia y espíritu de cada una de ellas. Las ordenanzas respectivas normarán su


estructura organizativa y su funcionamiento”.-




Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, de Nuestra


Carta Orgánica Municipal, dispuso por unanimidad en Sesión Extraordinaria de fecha 03/02/2014,


ratificar dicho Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-








POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:



















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C PRESIDENCIA














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2337/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2


O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO - ACUERDO celebrado entre la


MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, representado por el Intendente Municipal


Juan Domingo Linares y la COMSIÓN del“1º PATIO DE COMIDAS - GUSTAVO DE


ANTUENO”, cuyo representante es el Sr. Presidente Calfuqueo Francisco, el cual integra la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente a la Comisión


del Patio de Comidas “Gustavo de Antueno”.-



ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-








DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TRES DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL


CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.711/14.-



















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


PRESIDENTE A/C