Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2374/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 2374/2014
VISTO: El Expte. C.D. Nº 7197/14 de fecha 22/04/2014 iniciado por Nota Nº 047/14 de fecha
21/04/2014 firmada por el Director del Instituto de Formación Docente Nº 8 (I.S.F.D.
Nº 8), el Expte. 7233/14 de fecha 12/05/14 iniciado por el Sr. Intendente Municipal, y la
Ordenanza Nº 2220/2013 promulgada por Resolución Nº 209/13, y;
CONSIDERANDO:
Que, es menester de este Municipio dar apoyatura a este tipo de iniciativa, máxime
cuando la misma es un anhelo de la comunidad educativa toda, y sabiendas de la falta de
infraestructuras acordes, para la funcionabilidad de un Instituto de Formación Docente.-
Que, remontándonos al año 1983, los egresados de escuelas medias locales se ven
imposibilitados de continuar sus estudios superiores, por lo que un grupo de vecinos y
profesores junto con algunos concejales inician gestiones para que se cree un I.F.D. en Junín
de los Andes. En 1984 se obtiene la aprobación por parte del C.P.E de la provincia del
Neuquén, creándose por Decreto Nº 899/84 el I.F.D.Nº 8. Ya en el año 1985 y mediante
Decreto Nº 3339/85 del Gobernador de la Provincia del Neuquén don Felipe Sapag, se dispone
a través del C.P.E. la creación definitiva del Instituto de Formación Docente Nº 8 con asiento
en la localidad de Junín de los Andes.-
Que, por Ordenanza Nº 2220/13 se autoriza la reserva, a favor del Consejo Provincial
de Educación de la Provincia del Neuquén, del inmueble identificado, conforme proyecto de
mensura realizado por la Agrimensura Paula Garay, como Lote 1c de una superficie de
2.120,96 m², cuya Nomenclatura Catastral de la mayor fracción, Lote 1 de la Manzana M, es
13-20-055-4259, originado como Reserva Fiscal, conforme Expediente de Mensura 2756-
3816/99, Inscripto bajo Matrícula 925 Huiliches, del Registro de la Propiedad Inmueble.-
Que, el Expte. 5824-07829/13, aprobado por la Dirección Provincial de Catastro e
Información Territorial en fecha 03/04/14 regularizó el estado parcelario del Lote 1 de la
Manzana M, originando tres nuevos lotes.-
Que, de la regularización mencionada anteriormente surge el Lote 1c, con una Sup.
de 2120,78 m²; Nomenclatura Catastral Nº 13-020-055-4265-0000.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 68 establece que: “Se requerirá doble
lectura para la sanción de las ordenanzas que dispongan....” Inc. j) Autorizar la donación de bienes
inmuebles;... El procedimiento será el siguiente: se realizarán dos lecturas mediando un plazo no menor de
treinta (30) días corridos entre ambas, en el que se deberá dar amplia difusión al despacho resultante de la
primera lectura. En este período deberá realizarse al menos una (1) audiencia pública, teniendo especial
cuidado de invitar a las personas y entidades interesadas directamente en su discusión. En todos los casos se
requerirá el voto de los dos tercios (2/3) del total de los miembros del Cuerpo para ambas lecturas.”.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2374/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA,
SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DESAFÉCTASE: del Patrimonio Municipal el Lote 1 c Reserva Fiscal de
la Manzana “M”, Nomenclatura Catastral 13-20-055-4265-0000 de una
superficie de dos mil ciento veinte con setenta y ocho metros cuadrados (2.120,78 m²) originado
por Expte. de Mensura 5824-07829/13.-
ARTÍCULO 2º: TRANSFIÉRASE: a título gratuito a favor del Consejo Provincial de
Educación (C.P.E.) de la Provincia del Neuquén el Lote mencionado en el
Art. 1º de la presente.-
ARTÍCULO 3º: DISPÓNGASE: que dicho predio, sea destinado para la construcción y uso
del Instituto Superior de Formación Docente Nº 8.-
ARTÍCULO 4º: ESTABLÉCESE: que los gastos de escrituración, correrán por cuenta y
orden del Consejo Provincial de Educación de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 5º: Conforme lo normado en el Artículo 68 de la Carta Orgánica Municipal, se
materializó la primera lectura en la Sesión Ordinaria de fecha 28/05/2014; la
Audiencia Pública para el día 04/06/2014, a las 18:30 horas en la Sala de Sesiones General
José de San Martín; y la segunda lectura en la Sesión Ordinaria de fecha 04/06/2014.-
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia al Consejo Provincial de
Educación, al Distrito Educativo Zona IV y a la Delegación Junín de los Andes de la
Dirección Provincial de Obras, a efectos de la prosecución del trámite respectivo.-
ARTÍCULO 7º: Publíquese. Comuníquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES GENERAL JOSE SAN MARTIN DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
CUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1733/14.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA