Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2469/2015
VISTO: La Nota Nº 019/15 de fecha 23/01/15 de la Intendencia Municipal, mediante la cual
eleva adjunto copia de “CONVENIO ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL Nº
26.940”, celebrado en fecha 21 de Noviembre de 2014, entre el Ministerio de Trabajo, Empleo
y Seguridad Social de la Nación, y la Municipalidad de Junín de los Andes, registrada bajo
Expte. C.D. Nº 7598/15, y;
CONSIDERANDO
Que, la Ley 26.940 regula el principio establecido en la Constitución Nacional en
cuanto a que “…El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes…”, y
sienta sobre dicha plataforma los principios y las bases fundamentales del Sistema Laboral
Argentino, estableciendo que resulta competencia del Estado garantizar estos derechos.-
Que, la Cláusula Primera del citado Convenio, establece que “La Municipalidad”
adhiere por este acto a la difusión de Ley 26.940 (Promoción del Trabajo Registrado y
Prevención del Fraude Laboral). El Intendente Municipal diseñará las políticas y las acciones
estratégicas propuestas para su distrito en el marco de la presente Ley”.-
Que, la Cláusula Segunda, establece que “Las partes se comprometen a difundir e
incentivar conjuntamente los distintos programas del Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social”.-
Que, este Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha 01/04/2015, dispuso
sobre tablas y por unanimidad, ratificar dicho Convenio, con el dictado de la norma legal
respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el “CONVENIO ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL Nº
26.940”, celebrado en fecha 21 de Noviembre de 2014, entre el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, representado por su titular el Dr. Carlos
Alfonso Tomada, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente
Municipal, Don Juan Domingo Linares, el cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al
Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia, de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS UN DÍAS DEL MES ABRIL DEL AÑO DOS MIL QUINCE,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.779/15.-
MIRTA MARGARITA RAMÍREZ VÍCTOR CEFERINO CHAÑAPI
A/C DE SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA