Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 1876/2010
VISTO: La Ley Nacional de Regularización Dominial a la que la Provincia se acogió
mediante Decreto Nº 1.193 del año 2003, así como, la Ley Provincial Nº 2660,
publicada el 21/05/2010, y su Decreto Reglamentario Nº 728/2010, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley 2660 en su Artículo 18 reza: Invítase a los municipios a adherir al
procedimiento de la presente ley; la implementación se instrumentará con un convenio
específico, con la autoridad de aplicación de la misma.-
Que, los alcances de la ley permitirían la regularización dominial de situaciones de
hecho que ponen en estado de incertidumbre a aquellos poseedores de lotes urbanos que por
diversas razones no han podido normalizarlas formalmente.-
Que, la implementación de los procedimientos estipulados por la ley asegurarán a
esta comuna la relación jurídica entre la cosa objeto del hecho imponible tributario y la
persona propietaria, dando mayor certeza a las obligaciones tributarias.-
Que, la relación jurídica regular entre el poseedor y el lote urbano destinado a la
vivienda única afianza el arraigo como principio rector en el ámbito del Artículo 153 de la
Carta Orgánica Municipal.-
Que, corresponde, entonces, dictar la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: ADHIÉRASE en todos sus términos a la Ley Provincial Nº 2660 y Decreto
Reglamentario Nº 728/2010.-
ARTÍCULO 2º: FÁCULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a refrendar un
convenio específico para la aplicación de la Ley en el ámbito de la
localidad.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.- Una vez
promulgada por su intermedio envíese copia a las Escribanías de la
localidad y a las Comisiones Barriales.-
ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE AGOSTO
DEL AÑO DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1510/10.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA