2013 - 11 Excepción Art. 89 Ordenanza 251-91 Código de Faltas.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2013/11
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2013/2011


VISTO: El Expte. C.D. Nº 5708/11 de fecha 19/09/2011 iniciado por la Sra. Dina Melipan y


el Sr. Marcos Mena, conductores y productores del Programa “El Rayo” que se emite


por F.M. Milenium de nuestra localidad, y;




CONSIDERANDO




Que, mediante el citado Expte. los presentantes solicitan una excepción a la


Ordenanza Nº 251 “Código de Faltas Municipal”, en su Artículo 89, Inc. a) y c) que versa


acerca de los ruidos molestos.-




Que, esta solicitud se fundamenta, debido a la utilización de bocinas para dar a


conocer e invitar a los vecinos de los diferentes barrios de nuestra localidad al II Encuentro


denominado: “Junín, Unido por una “Alabanza”, a realizarse los días sábado 08 y domingo 09


de Octubre de 2011, en el Estadio Municipal, que cuenta con el aval y respaldo de la Iglesia


Evangélica de Cristo de nuestra localidad.-




Que, los horarios por los cuales se solicita la vía excepción son entre las 17:00 y


20:00 horas, a partir del 01 al 07 de octubre de 2011.-




Que, este Encuentro ha sido declarado de Interés Municipal por ese Cuerpo


Deliberativo mediante Declaración Nº 012/2011.-




Que, el Artículo 89º dice: La producción, estímulo y provocación de ruidos molestos
de cualquier origen, cuando por razones de hora y lugar o por el grado de intensidad o por su calidad,


perturbe o pueda perturbar la tranquilidad o reposo de la población, o causare perjuicio o molestias


de cualquier naturaleza, bien que se produjera en la vía pública, plazas parques, paseos, salas de


espectáculos, centros de reunión, lugares en que se desarrollen actividades públicas o privadas, o en


casas habitación individuales o colectivas, cuando se hubiera intimado previamente a la cesación,


atenuación o disminución de los ruidos, … El carácter perturbador, molesto o perjudicial del ruido se


presumirá, sin admitirse prueba en contrario, cuando se comprobare:


a) La transmisión por redes de altavoces o de cualquier otro tipo, de emisoras
radiotelefónicas en ó hacia la vía pública.-


c) La circulación de rodados y el sobrevuelo de aviones con altavoces propalaren
propagandas comerciales.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 21/09/2011, dispuso


sobre tablas y por unanimidad otorgar la excepción solicitada, con el dictad de la norma legal


pertinente.-















LORENA CALFUQUEO CARLOS TEOBALDO VIVEROS


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2013/11
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE, a la Sra. Dina Melipan y el Sr. Marcos Mena, una excepción


a lo establecido en la Ordenanza Nº 251/91 “Código de Faltas Municipal”,


en su Artículos 89º, Inc. a y c), para la utilización de bocinas – altavoces, a fin de dar difusión


en los barrios de nuestra localidad, el II Encuentro denominado: “Junín, Unido por una


“Alabanza”, a realizarse los días sábado 08 y domingo 09 de Octubre de 2011, en el Estadio


Municipal.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE que los horarios autorizados vía excepción se fijan entre


las entre las 17:00 y 20:00 horas, a partir del 01 y hasta el 07 de Octubre de


2011.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación;


y por su intermedio envíese copia de la presente a los interesado.-




ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTIUN DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE


DEL AÑO DOS MIL ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1576/11.-















LORENA CALFUQUEO CARLOS TEOBALDO VIVEROS


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA