Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2932./19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2932/2019
VISTO: El Expte. C.D. Nº 10268/19, iniciado ante el Departamento Ejecutivo Municipal, que
contiene documentación de solicitudes para tratar en la Comisión de Transporte
Urbano de Pasajeros, y;
CONSIDERANDO.:
Que, una de las solitudes corresponde a la Nota de fecha 08/05/2019, presentada por
la Comisión Directiva de la Asociación de Taxis de Junín de los Andes, obrante a fs. siete (7)
del citado Expte., por la cual solicita un aumento de la tarifa de taxis de acuerdo a la normativa
en vigencia.-
Que, este pedido fue tratado en reunión de Comisión de Transporte Urbano de
Pasajeros, que se llevó a cabo el día 21 de junio del año en curso, conforme consta en el punto
1 c) del acta de dicha reunión, y se decidio aprobar en la misma un aumento del 25 %.-
Que, la Ordenanza Nº 2881/18 de fecha 12/12/2018, que en su Artículo 2º modifica el
Artículo 17º de la Ordenanza Nº 2789/2018, establece que la tarifa para el servicio de taxi,
radio taxis y remisses, será elaborada mediante las propuestas que surjan del Área de
Transporte Municipal o la que en el futuro la reemplace, conjuntamente con la Asociación de
Taxis, los que aunaran criterio, para lograr que la tarifa se actualice cada seis (6) meses, una
vez definida la propuesta, se elevará la misma al Concejo Deliberante para evaluación,
tratamiento y de estar de acuerdo con la propuesta, sus posterior aprobación a través de
ordenanza correspondiente”.-
Que, la citada Ordenanza Nº 2881/2018, en su Artículo 3º fija la tarifa vigente para la
prestación del servicio de taxis, radio taxis y Remisses en la Ciudad de Junín de los Andes y
en su Artículo 4º fija el horario de la Tarifa nocturna.-
Que, la Carta Orgánica Municipal en su Capítulo II “Servicios Públicos”, Artículo
124, establece: “Son competencia de la Municipalidad de Junín de los Andes todos los
servicios de carácter común y general que se prestan dentro de su ejido, respetando las
jurisdicciones reservadas a los Estados nacional y provincial, ejerciendo las facultades
delegadas y/o concurrentes cuando ello procediere. El Concejo Deliberante estará facultado
para establecer tarifas diferenciales para casos de carencias u otros que considerare”.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 03/07/2019, conforme al
Despacho Nº 063/19 de la Comisión Interna de Gobierno, decide aprobar el presente proyecto
de ordenanza.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2932./19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DERÓGANSE: los Artículos 3º y 4º de la Ordenanza Nº 2881, sancionada
en fecha 12 de diciembre de 2018.-
ARTÍCULO 2º: FÍJASE: conforme lo establecido en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº
2881/19, la NUEVA TARIFA para la prestación del servicio de taxis, radio
taxis y Remisses en la Ciudad de Junín de los Andes, se ajustará, a partir de la promulgación
de la presente, a los siguientes valores máximos:
DIURNA:
1) Bajada de Bandera: $ 38,08.-
2) Por cada 80 mts. recorridos: $ 3,04.-
3) Por cada minuto de espera: $ 3,04.-
NOCTURNO:
1) Bajada de Bandera: $ 47,58.-
2) Por cada 80 mts. recorridos: $ 3,41.-
3) Por cada minuto de espera: $ 3,41.-
ARTÍCULO 3º: FÍJASE: que el horario de la Tarifa nocturna será de 23:00 hs a 06:00 hs.-
ARTÍCULO 4º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos. Promulgada que fuere remítase copia a la Dirección de Tránsito y
Transporte Municipal y por su intermedio a la Asociación de Taxis de Junin de los Andes y a
todos los propietarios de vehículos habilitados en el rubro transporte público de pasajeros.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS TRES DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2018/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES