Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1328/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1328/2005
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3403/05 que contiene Nota Nº 305/05 firmada por el Sr. Intendente
Municipal, Don Ángel C. Herrera por la Sra. Secretaría de Planificación y
Producción, Doña Lucia Pysny y, mediante la cual solicita modificación de la Ordenanza Nº
961/02, por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el cobro de un
bono contribución de acceso al Parque Vía Christi, por un valor de $ 1,00, y;
CONSIDERANDO:
Que, es importante el incremento paulatino del número de visitantes que a diario
acceden al mencionado atractivo y que es necesario valorizar el mismo y fortalecer su
mantenimiento y continuidad.-
Que, el cobro del bono contribución se debe realizar mediante la implementación de
un talonario numerado, cuya recaudación será depositada en una cuenta específica destinada a
cubrir las necesidades detalladas precedentemente.-
Que, se debe exceptuar del cobro del mismo a los residentes de Junín de los Andes.-
Que, a través del Departamento Ejecutivo Municipal deberá instrumentarse el cobro,
horarios, persona que lo realizará, etc. debiéndose rendir lo percibido en las oficinas de
recaudación municipal.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS Nº 56 Y 57 Inc. A), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESION ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: DEROGASE la Ordenanza Nº 961/02 de fecha 08 de febrero de 2002.-
ARTICULO 2º: ESTABLÉCESE desde la promulgación de la presente el cobro en el
acceso al Obra- Parque Vía Christi de un bono contribución de $ 2,00 (pesos
dos) por persona a visitantes no residentes en la localidad el que será implementado mediante
un talonario numerado por triplicado que deberá ser rendido indefectiblemente el día hábil
posterior al cobro en las oficinas de recaudación municipal.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1328/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 3º: CRÉASE la Partida de Ingresos para el año 2006 denominada Obra –
Parque Vía Christi.-
ARTÍCULO 4º: AUTORIZÁSE al Departamento Ejecutivo Municipal que mediante
resolución instrumente el funcionamiento, Administración y control del
cobro del canon.-
ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE lo resuelto al Departamento Ejecutivo Municipal, para
su conocimiento y efectos y una vez promulgada envíese copia de la presente
a la Subsecretaría Municipal de Turismo y por su intermedio a los distintos operadores
turísticos de la Ciudad de Junín y San Martín de los Andes, a la Dirección General Municipal
de Cultura, y al Director de la Obra Vía Christi, Arq. Alejandro Santana.-
ARTICULO 6º: DESE amplia difusión por los medios orales y escritos de la localidad.
Cumplido. Archívese.-
ARTÍCULO 7º: PÚBLIQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén conforme
Cláusulas Complementarias y Transitorias N° 2 Inc. “c” de la Carta Orgánica
Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-
ARTÍCULO 8º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián Bosque.-
ARTICULO 9º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL CINCO, SEGUN CONSTA EN ACTA Nº 1258/05.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA