3150 - 21 Descuento del 30% al Sr. Tropan Lisandro - Expte D.E.M Nº 1550-2021.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3150/21
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante



O R D E N A N Z A Nº 3150/2021



VISTO: El Expte. D.E.M Nº 1550/21 de fecha 12/05/2021 del Departamento Ejecutivo


Municipal, y;


CONSIDERANDO:


Que, el Sr. Tropán Lisandro, solicita renovación del beneficio del pago de patente de


rodado conforme normativas vigentes;




Que, en foja 04 (cuatro) obra Certificado Único de Discapacidad, emitido por la Junta


Evaluadora de San Martin de los Andes;




Que, la Municipalidad de Junín de los Andes, mediante Carta Orgánica Municipal –


IV Parte: Políticas Especiales – Articulo 169 considera a las “PERSONAS CON


NECESIDADES ESPECIALES” y adhiere a las Leyes Nacionales y Provinciales que


protegen a las personas con discapacidades diferentes;




Que, analizados todos los antecedentes obrantes y en virtud a las normativas


vigentes; referentes a la asistencia y protección a las personas con discapacidad y mediante


Ordenanza Tarifaria considera la condición de Jubilados y/o Pensionados;




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 16/06/2021, conforme al


Despacho Nº 022/21 de la Comisión Interna de Economía, aprobado por unanimidad, se dicta


la norma legal pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: al Sr. Tropán Lisandro D.N.I. M N° 7.688.661, un descuento


del 30% (treinta por ciento) al impuesto de Tasa de Rodado del vehículo de


su propiedad Dominio FSZ485 - Marca TOYOTA – Tipo PICK-UP – Año 2006, conforme


ficha del Vehículo, el que obra en foja 02 (dos) del expediente D.E.M. N° 1550/21.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el descuento otorgado en el artículo anterior tiene


vigencia a partir de la promulgación, y hasta el lapso de un año.-




ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al interesado.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL


VEINTIUNO, CONSTA EN ACTA Nº 2110/21.-







LUCIANO CASAJUS CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA