Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 2959/19.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2959/2019
VISTO: La Ordenanza Nº 2753/2017 sancionada en fecha 13 de Septiembre de 2017 y su
modificatoria Nº 2777/2018, sancionada en fecha 28 de marzo de 2018, conforme lo dispuesto en
Ordenanza Nº 2663/16 (Normalización de parte del Lote 1 de la Chacra 33 Nomenclatura Catastral 13-
20-070-8840) y;
CONSIDERANDO
Que, la Ordenanza Nº 2663/16 aprueba la desafectación, del Patrimonio Municipal, parte
del Lote 1 de la Chacra 33 Nomenclatura Catastral 13-20-070-8840, referido a Regularización del Área
tomada por un grupo de vecinos de nuestra ciudad denominada “Toma 19 de abril”.
Que, la misma norma establece que por norma complementaria elaborada por el
Ejecutivo Municipal y posterior aprobación del Concejo Deliberante, se regirá la metodología de
valuación, forma de financiación y pago de los inmuebles objeto del fraccionamiento de parte del Lote
1 de la Chacra 33.
Que, por Ordenanza Nº 2753/2017 el Concejo Deliberante aprueba el Boleto de Compra
Venta – Inmobiliaria, conforme lo dispuesto por la en normativa antes mencionada
Que, la Ordenanza Nº 2777/18 homologa la modificación del Anexo I de la Ordenanza Nº
2753/2017, incorporando al mismo una nueva Cláusula, sobre Boleto de Compra Venta – Inmobiliaria
e Hipoteca, conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 2663/2016 (Normalización de parte del Lote 1
de la Chacra 33 Nomenclatura Catastral 13-20-070-8840), referido a Regularización del Área tomada
por un grupo de vecinos de nuestra ciudad denominada “Toma 19 de abril”.
Que, en vista de los expuesto, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha
11/09/2019, dispuso mediante Despacho Nº 081/2019 de Comisión de Labor Legislativa probado por
unanimidad incorporar en el Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio 2019, la
Partida Presupuestaria de Gastos y Recursos, y la apertura de la Cuenta Bancaria, bajo la denominación
“Junín Mueve”, con el dictado de la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA,
SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el
Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio año 2019 -
Ordenanza Nº 2958/2019 – la Partida Presupuestaria de Gastos y Recursos, correspondiente a los
fondos provenientes de los Boletos Compra-venta inmobiliario hipotecario, aprobado y autorizado a
suscribir mediante Ordenanzas 2753/17 y 2777/18.-
ARTÍCULO 2º: REMITASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS ONCE
DÍAS DEL MES SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, SEGÚN CONSTA EN
ACTA Nº 2029/19.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES