ORDENANZA Nº 1584/08.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1584/2008
VISTO: El Expediente Nº 2513/08 del Departamento Ejecutivo Municipal, el cual contiene
Nota Nº 254/08 de fecha 27/05/2008 firmada por el Sr. Viceintendente Municipal Diego
Alexis Marcovesky, referida a Contrato de Comodato suscripto entre la subsecretaría de Cultura
y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el mismo la Subsecretaría de Cultura dependiente del Ministerio de
Gobierno, Educación y Cultura, da a la Municipalidad de Junín de los Andes, bajo las
prescripciones de los Artículos 2255 siguientes y concordantes del Código Civil, el uso de los
siguientes instrumentos: un (1) Trombón con Vara, marca “LUMASE”, un (1) Clarinete marca
“LUMASE”, y una Flauta Traversa marca “LUMASE”, con sus respectivos estuches, en
perfectas condiciones de uso y conservación.-
Que, el mismo tiene como objeto colaborar con el Proyecto de “Banda Juvenil” que
lleva a cabo la Escuela de Música de Junín de los Andes.-
Que, la Municipalidad reconoce en forma expresa que los instrumentos son de exclusiva
propiedad de la Subsecretaría de Cultura y que los recibe gratuitamente en préstamo de uso,
comprometiéndose a utilizar los mencionados instrumentos mientras dure el comodato.-
Que, el Proyecto denominado Banda Juvenil fue presentado oportunamente por la
Escuela de Música de Junín de los Andes, ante este Concejo Deliberante con el objeto de solicitar
sea Declarado de Interés Municipal.-
Que, dado la fundamentación y objetivos del Proyecto este Cuerpo de Concejales,
mediante Declaración Nº 006/08 de fecha 19/03/2008 declaro de Interés Municipal los Proyectos
denominados “Banda Juvenil” y Orquesta de Instrumentos Folklóricos, una propuesta educativa y
artística de Proyección Social”.-
Que, el Artículo 132º establece que”La Municipalidad concertará, coordinará y/o
colaborará activamente con las autoridades provinciales y nacionales realizando las acciones
necesarias para:
a) Promover la alfabetización y el óptimo desarrollo intelectual y físico de todos los habitantes:
c) Propiciar el desarrollo de un sistema de orientación y guía vocacional para los estudiantes.
f) Organizar y fomentar la participación en talleres y cursos de capacitación educativos;
j) Promover la difusión de aquellos programas y acciones de gobierno de fundamental interés
para el desarrollo de la comunidad, desde un punto de vista educativo y concientizado.-
Que, en el Articulo 136º estipula que: “La Municipalidad considera que la cultura se
encuentra íntimamente relacionada con la educación y es una parte constituyente del desarrollo
humano integral. A través del área municipal específica utilizará todos los medios necesarios para
la promoción y difusión de la cultura en todos sus aspectos y alcances y, sin perjuicio de otras
que sean apropiadas y convenientes, realizará las acciones para:
a) Distinguir y promover todas las actividades creadoras, garantizando la democracia cultural,
asegurando toda expresión artística y prohibiendo toda censura;
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
ORDENANZA Nº 1584/08.-
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Concejo Deliberante
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e) Planificar, crear, organizar, custodiar, restaurar y mantener monumentos, lugares históricos,
exposiciones, bibliotecas, museos, paseos urbanos, miradores y toda otra manifestación cultural y
recreativa, garantizando el acceso público;
f) Organizar y promover la participación en talleres, cursos, exhibiciones y otros eventos culturales,
educativos y recreativos;
g) Impulsar y apoyar el establecimiento de centros culturales públicos y privados abiertos a la
comunidad;
h) Fomentar el desarrollo y coordinar el accionar de las organizaciones locales reconocidas,
vinculadas al quehacer cultural; e
i) Impulsar y favorecer el intercambio cultural con otras ciudades o regiones de la Provincia, del país
y del extranjero.
Que, este Concejo Deliberante, según lo establece nuestra Carta Orgánica en el
Artículo 57º, Inc., “t”, y conforme lo expresado en Despacho Nº 168/08 de la Comisión de
Gobierno, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 11/06/08, homologar dicho
Contrato, con el dictado de la norma legal respectiva.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONTRATO DE COMODATO suscripto entre la
Subsecretaría de Cultura, dependiente del Ministerio de Gobierno, Educación y
Cultura representada por el Dr. Sebastián Sánchez y la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Sr. Viceintendente Municipal, Don Diego Marcovesky, el cual integra la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia a la Subsecretaría de Cultura y a
la Escuela de Música de Junín de los Andes, a la Dirección General de Cultura a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal).-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Sr. Concejal Gustavo Edgardo Cañicul, A/C de
Secretaria Legislativa.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
ONCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO, SEGÚN CONSTA EN
ACTA Nº 1378/08.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES