Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1249/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1249/2005
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 346/05 de fecha 19/01/2005 que contiene documentación
presentada por el Señor POBLETE MEDINA, Abrahan, D.N.I. Nº 93.748.358,
referido a solicitud de habilitación para ser Permisionario en el rubro Taxi de la localidad, y;
CONSIDERANDO:
Que, para tal fin ofrece una unidad automotor Marca FORD, Modelo ESCORT LX
50 1.8, Año 1997, Tipo Sedan 5 Puertas, Motor Nº RKEVW16079, Chasis Nº
8AFZZZEHCVJ075317, Dominio Nº BTH069, de su propiedad, con domicilio en Estancia
Palitue, Junín de los Andes.-
Que, conforme lo normado en la Ordenanza Nº 1220/2004, Artículo 49º, que dice:
“AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que durante el periodo de receso del
Concejo Deliberante, y AD Referéndum de la Primera Sesión Ordinaria, a habilitar para
funcionamiento de nuevos permisionarios y/o cambios de unidad, a quienes cumplimenten
con todos los requisitos exigidos, sin ningún tipo de excepción, y a dar de baja a los que así lo
ameriten”, mediante Resolución Nº 014/2005 de fecha 21/01/2005 del Departamento
Ejecutivo Municipal, se habilita como permisionario de Taxi de la localidad de Junín de los
Andes, al Sr. Poblete Medina, Abrahan, y se otorga licencia comercial al nombrado con la
unidad automotor reseñada precedentemente.-
Que, la Ordenanza Nº 1220/2004 en su Artículo 3º establece que: “Toda persona
que desee obtener una licencia comercial Rubro Taxi, deberá presentar la documentación en
el Área de Transporte Municipal, en las condiciones que la Ordenanza establezca, no
admitiéndose excepciones. Las habilitaciones de las personas como permisionarios de taxis y
de las unidades como Taxis serán aprobadas mediante Ordenanza del Concejo Deliberante
y otorgadas por Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal”.-
Que, atento que la presentante ha cumplimentado todos los requisitos exigidos por la
Ordenanza Nº 1220/04 en lo referente a la documentación personal y de la unidad, este
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 07/04/2005 conforme lo establecido en la
citada Ordenanza (Art. 3º) y Despacho Nº 027/2005 de la Comisión de Planificación y
Producción, dispuso por unanimidad dar viabilidad a lo solicitado.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1249/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: HABILÍTASE como Permisionario de Taxi de la localidad de Junín de los
Andes, al Señor POBLETE MEDINA, Abrahan, D.N.I. Nº 93.748.358,
con domicilio en Estancia Palitue, Junín de los Andes, y HABÍLITASE la unidad automotor
Marca FORD, Modelo ESCORT LX 50 1.8, Año 1997, Tipo Sedan 5 Puertas, Motor Nº
RKEVW16079, Chasis Nº 8AFZZZEHCVJ075317, Dominio Nº BTH069, de propiedad del
nombrado, para la prestación del servicio de taxi en Junín de los Andes.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para la prosecución del
trámite en conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 1220/2004.
Cumplido envíese copia de la Resolución de promulgación para conocimiento de este Cuerpo
Deliberativo y mediante las formas de estilo, a través del Departamento Ejecutivo Municipal,
notifíquese al presentante.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo A/C, Concejal
Aladino Altamirano.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1216/05.-
ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES