1755 - 09 Homologación Convenio Informantes Turísticos 2009.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1755/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1755/2009



VISTO:
La Nota Nº 100/09 del Departamento Ejecutivo Municipal, firmada por el Sr.


Intendente Municipal a cargo, Don Ramón Flores, mediante la cual eleva copia del


Convenio celebrado entre la Subsecretaría de Turismo de la Provincia del Neuquén y la


Municipalidad de Junín de los Andes, con el objeto de contratar Informantes Turísticos


correspondientes a la Temporada Alta Lapso V, registrada bajo Expte. C.D. Nº 4395/09, y;




CONSIDERANDO




Que, la Subsecretaría se compromete a realizar un aporte económico por la suma


total de Pesos Cincuenta Mil Ochocientos Ochenta ($ 50.880,00), correspondiente a doce (12)


meses, para la contratación de tres (3) Informantes Turísticos, dos (2) de Nivel I (Personas que


se encuentran realizando estudios relacionados con turismo o personas idóneas, comprobables


por antecedentes) y uno (1) de Nivel II (Profesionales con título) para realizar tareas de


atención al turista en las oficinas y puntos de información turística del Municipio, bajo la


supervisión de la Subsecretaría-




Que, de común acuerdo se establecen con criterios de selección excluyentes de los


informantes Turísticos los siguientes requisitos:


1- Disponibilidad para cumplir turnos rotativos.
2- Residencia fija a no más de 40 Km. de “El Municipio” contratante.-
3- Buena presencia.
4- Actitud para la atención al público.
5- Amplios conocimientos de los atractivos turísticos del lugar y conocimientos


generales de atractivos de la Provincia.




Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 172 expresa que: “La
Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que el turismo es una de las principales fuentes de


crecimiento y desarrollo de la comunidad. Fomentará, impulsará y apoyará las actividades turísticas


sostenibles en el tiempo y no degradantes, basadas en los valores estéticos, recreativos, socio-


culturales y educacionales de sus ambientes y recursos, garantizando su protección, restauración,


mantenimiento y perpetuación”.-


Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su


Artículo Nº 57, Inc., “t”, y conforme lo expresado en Despacho Nº 121/09 de la Comisión de


Gobierno, resuelve por unanimidad homologar dicho Convenio.-




Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-















ANDREA SILVANA ROSSO DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIA LEGISLATIVA VICE-INTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNIN DE LOS ANDES


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1755/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO suscripto en fecha 09/03/2009 entre la


Subsecretaría de Turismo de la Provincia, representado por la Lic. Alicia


Lonac y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal,


Don Rubén Enrique Campos, en el cual la Provincia se compromete a realizar un aporte


económico por la suma total de Pesos Cincuenta Mil Ochocientos Ochenta ($ 50.880,00) a la


Municipalidad de Junín de los Andes para la contratación de informantes turísticos,


correspondientes a la Temporada Alta Lapso V, el cual integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: IMPLEMÉNTESE a través del Departamento Ejecutivo Municipal una


convocatoria abierta para cubrir los 2 (dos) puestos del Nivel 1 (uno),


correspondiente a la temporada Alta Lapso “V”.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia a la Subsecretaría de Turismo


de la Provincia a sus efectos.-




ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial Municipal.-




ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea


Silvana Rosso.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL


AÑO DOS MIL NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1447/09.-















ANDREA SILVANA ROSSO DIEGO ALEXIS MARCOVESKY
SECRETARIA LEGISLATIVA VICE-INTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNIN DE LOS ANDES