Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1152/04.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1152/2004
VISTO: El Expte. C.D. Nº 2937/04 que contiene Nota S/Nº de fecha 30/04/2004 de la
Viceintendencia Municipal, mediante el remite copia de Convenio firmado en el
ámbito de la Mesa de Diálogo Solidario, conformada según Ordenanza Nº 959/2002, con los
comercios locales adherentes, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Comercios “Tienda Arce” y Supermercado “El Mallín”, se comprometen a
ofrecer un 3 % (tres por ciento) y 10 % (diez por ciento), respectivamente, de descuento en los
productos, adquiridos de pago contado únicamente en los locales comerciales adheridos que
adquieran los beneficiarios de empleo que exhiban una identificación tipo carnet acompañado
por el D.N.I. o tarjeta confeccionada por la Municipalidad de Junín de los Andes, siendo dicha
condición excluyente que debe cumplir el beneficiario para ser acreedor a tal descuento.-
Que, se establece que la Mesa de Diálogo Solidario, Consejo Consultivo, no es
garante de los beneficiarios en ninguna de las partes estipuladas legalmente, ni avala cuentas
corrientes concedidas por los locales comerciales.-
Que, a fin de implementar los comercios la modalidad de descuento señalada, la Mesa
de Diálogo Solidario confeccionará un carnet o tarjeta identificatorio que entregará a cada
beneficiario de planes de empleo (Empleo Local – Ordenanza N 628/98, Resol. de
Promulgación Nº 436/98, Contratos UOCRA, Contratos de Empleo de Provincia,
Beneficiarios Ley 2128, Programa Plan Jefes y Jefas de Hogar y cualquier otro plan vigente)
según el padrón mensual provisto por la Municipalidad de Junín de los Andes, que exhibirán
ante el comercio.-
Que, en virtud de que la Mesa de Diálogo Solidario ha sido creada y conformada por
Ordenanza Nº 959/2002, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 07/05/2004
decide “Sobre Tablas” y por unanimidad sancionar la norma de ratificación del citado
Convenio.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍQUESE los Convenios celebrados en fecha 04 de Marzo de 2004
entre Convenios firmados en el ámbito de la Mesa de Diálogo Solidario,
conformada según Ordenanza Nº 959/2002, representada por el Sr. Viceintendente de la
Municipalidad de Junín de los Andes, Don Carlos A. Corazini, con los Comercios “Tienda
Arce” y Supermercado “El Mallín”, los cuales integran la presente como Anexo I y II,
respectivamente.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente a la Mesa de Diálogo Solidario y a los
propietarios de los comercios locales adherentes, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1170/04.-
Firmado: Viceintendente - Presidente C.D. Carlos A. CORAZINI
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1152/04.-
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Concejo Deliberante
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