2358 - 14 Ratificación Convenio Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Nación Programa Jóvenes Más y Mejor Trabajo.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2358/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2358/2014



VISTO: El Expte. C.D. Nº 7132/14 de fecha 12/03/2014, que contiene Nota Nº 089/14 de


fecha 11/03/2014 del Departamento Ejecutivo Municipal, donde remite copia del


Convenio Nº 6/14, suscripto entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la


Nación y la Municipalidad de Junín de los Andes, para la implementación del Programa


Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y el Fortalecimiento de la Unidad de Empleo, y;




CONSIDERANDO:


Que, el Municipio suscribió el Convenio con el Ministerio de Trabajo, Empleo y


Seguridad Social Nº 108/08 para la ejecución del “Programa Jóvenes con Más y Mejor


Trabajo y el Fortalecimiento de la Unidad de Empleo”.-




Que, es objetivo primordial del Ministerio y el Municipio con la supervisión general


de la Secretaría de Empleo, la generación de oportunidades de inclusión social y laboral de


las/los jóvenes a través de acciones integradas que favorezcan la creación de proyectos


personalizados de formación y trabajo.-




Que, el Programa Jóvenes Más y Mejor Trabajo brinda un conjunto de acciones y


prestaciones integradas tendientes a mejorar las condiciones de empleabilidad y promueve la


inserción laboral de los jóvenes, las que son gestionadas a través de la Unidad de Empleo


Municipal.-




Que, la Secretaría de Empleo dependiente del Ministerio, a partir del análisis de las


necesidades que devienen de la implementación del Programa Jóvenes con Más y Mejor


Trabajo, ha evaluado la conveniencia de brindar asistencia para fortalecer el equipo técnico de


la Unidad de Empleo Municipal, en pos de garantizar el proceso de implementación del


Programa.-




Que, las Partes acuerdan en celebrar el presente Protocolo Adicional al Convenio del


Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Nº 108/08, para la ejecución del Programa


Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y el Fortalecimiento de la Unidad de Empleo y Seguridad


Social Nº 497/08 y sus modificatorias y en la Resolución de la Secretaría de Empleo Nº


764/11 y sus anexos respectivos, comprometiéndose a cumplir y a hacer cumplir los objetivos


y obligaciones consignados en sus cláusulas.-




Que, en Cláusula Primera del Convenio, la Secretaría y el Municipio se


comprometen en forma conjunta a implementar el Programa Jóvenes con Más y Mejor


Trabajo, cumpliendo las prestaciones a su cargo y fortaleciendo la capacidad operativa de la


Unidad de Empleo para garantizar la ejecución del programa.-


Que, en Cláusulas Segunda y Tercera del Convenio, para la ejecución del Programa,


el Municipio se compromete a realizar distintas acciones, asegurando el normal


funcionamiento de la Unidad de Empelo Municipal, fortaleciendo sus capacidades operativas a


los fines de construir, implementar, mantener y actualizar el esquema local de prestaciones de


apoyo a la formación general y profesional y a la inserción laboral.-









GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2358/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, la Cláusula Séptima expresa la implementación y normal desenvolvimiento de


las actividades de la Unidad de Empleo Municipal, comprometiéndose la Secretaría en:


“Brindar la información, la capacitación y la asistencia técnica requerida para el adecuado


desempeño de los técnicos integrales en la ejecución de las acciones previstas en el presente


protocolo adicional. Proporcionar recursos financieros y/o equipamiento informático y/o


mobiliario para la ejecución de las acciones previstas en el presente protocolo conforme los


términos de la cláusula octava.-


Que, la Cláusula Octava manifiesta: La Secretaría se compromete a proporcionar


recursos financieros al Municipio, hasta la suma total de Pesos Treinta y Cuatro Mil


Ochocientos ($ 34.800,00), para financiar por un período de doce (12) meses los honorarios


que el Municipio abone a las contrataciones que realice.-




Que, este Concejo Deliberante a través del Despacho Nº 030/14 de la Comisión


Interna de Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial, aprobado por unanimidad en Sesión


Ordinaria de fecha 23/04/2013, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su


Artículo 57, Inc. “t”, resuelve por unanimidad aprobar el Convenio, con el dictado de la norma


legal pertinente.-



POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO celebrado en la Ciudad de Buenos Aires en


fecha 13 de Febrero de 2014 entre el MINISTERIO DE TRABAJO,


EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a través de la SECRETARÍA DE EMPLEO,


representada por su Secretario Licenciado Enrique Deibe, y LA MUNICIPALIDAD DE


JUNÍN DE LOS ANDES, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Juan Domingo


Linares, para la implementación del “PLAN INTEGRAL MÁS Y MEJOR TRABAJO”, el


cual integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al


Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES ABRIL DEL AÑO DOS MIL


CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.725/14.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA