Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 985/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 985/2002
VISTO: La Nota Nº 190/2002 de fecha 19 de Marzo de 2002 de la Secretaría de Gobierno,
Coordinación y Control de Gestión de la Municipalidad de Junín de los Andes,
registrada bajo Expte. C.D. Nº 2272/02, donde se remite Resolución Nº 477/01 del Ministerio
Jefatura de Gabinete de la Provincia del Neuquén de fecha 25/09/2001, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través de dicha norma se INTIMA a todos los Agentes de la Administración
Pública Centralizada y Descentralizada, incluyendo a las Empresas del Estado, Entes,
Corporaciones, Sociedades con Participación Estatal Mayoritaria (SAPEM), Sociedades del
Estado, a iniciar los trámites para acceder a la Jubilación Ordinaria.-
Que, en el Artículo 51 de la citada Resolución se INVITA a los Poderes Legislativos
y Judicial y a los Municipios a proceder de igual manera, con lo agentes que se encuentren en
condiciones de acceder a los beneficios de la jubilación.-
Que, mediante Nota Nº 030/02 de fecha 07/03/2002, que lleva la firma del Sr.
Ministro Jefe de Gabinete, Ing. José Ricardo Brillo, enviada al Señor Intendente Municipal a
cargo, Don Ángel C. Herrera, se solicita información respecto a la decisión del Municipio de
Junín de los Andes de adherir o no a la citada Resolución Nº 477/01, según lo prescripto en el
Art. 5º de la misma.-
Que, Asesoría Legal Municipal, en dictamen de fecha 28/06/2002, expresa que
teniendo en cuenta lo prescripto por el Estatuto Municipal, y se considera conveniente adherir
a tal Resolución, dado que no existe impedimentos legal alguno; agregando que si bien es
cierto que el Ejecutivo viene adoptando actuaciones en tal sentido, se deben aumentar los
esfuerzos para que los agentes que estén en condiciones de gozar los beneficios jubilatorios
inicien los trámites respectivos.-
Que, por Nota Nº 151/02 del 01/07/2002, el Ejecutivo Municipal comparte los
términos vertidos por la Asesoría Legal; y considera de mucha importancia que este Cuerpo
acompañe mediante el marco legal pertinente la adhesión a la citada Resolución.-
Que, atento a lo reseñado precedentemente (Asesoría Legal Municipal y el
Departamento Ejecutivo Municipal), y compartiendo los términos expresados por los mismos,
este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 10/07/2002 resolvió por unanimidad
ADHERIR a la Resolución Nº 477/01 del Ministerio Jefatura de Gabinete de la Provincia del
Neuquén de fecha 25/09/2001; debiendo realizarse la recategorización previa de los
empleados en estado de jubilarse de corresponder, teniendo en cuenta periodos en los que
correspondió y no fueron recategorizados, conforme Ordenanza Nº 105/89 “Estatuto y
Escalafón del Empleado Municipal”.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL
A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 985/02
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, al efecto se debe sancionar la norma legal respectiva.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: ADHIÉRASE a la Resolución Nº 477/01 del Ministerio Jefatura de
Gabinete de la Provincia del Neuquén de fecha 25/09/2001, mediante la cual
se INTIMA a todos los Agentes de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada,
incluyendo a las Empresas del Estado, Entes, Corporaciones, Sociedades con Participación
Estatal Mayoritaria (SAPEM), Sociedades del Estado, a iniciar los trámites para acceder a la
Jubilación Ordinaria; debiendo realizarse la recategorización previa de los empleados en
estado de jubilarse de corresponder, teniendo en cuenta periodos en los que correspondió y no
fueron recategorizados, conforme Ordenanza Nº 105/89 “Estatuto y Escalafón del Empleado
Municipal”.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
Promulgada que fuere remítase copia al Ministerio Jefatura de Gabinete de
la Provincia del Neuquén, y a la Junta de Admisión, Calificación, Ascenso y Disciplina para
conceder la recategorización que corresponda, conforme lo establecido en el Artículo 1º de la
presente.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Sra. Secretaria Legislativa A/C, Concejal Shuyay
A. J. del Río.-
ARTÍCULO 5º: De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DIEZ (10) DIAS DEL MES DE JULIO DEL
AÑO DOS MIL DOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 1083/02.-
SHUYAY A. J. DEL RÍO DAMIÁN AMINAHUEL
A/C SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA