Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2750/2017
VISTO: La Ordenanza Nº 2724/2017 de fecha 13/08/2017, promulgada por Decreto de la
Intendencia Municipal Nº 242/17, y el Expte. C.D. Nº 9287/17 iniciado por el
Departamento Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 2724/2017, Artículo 2º, se autoriza al Departamento
Ejecutivo Municipal, a realizar la donación, a la Orquesta de Instrumentos Folclóricos bajo la
dirección del profesor Juan Carlos Iraola, de los siguientes instrumentos musicales: 1 (un)
bombo Leguero Grande con parches; 3 (tres) Guitarras Criolla marca Gracia Modelo M2; 2
(dos) Redoblantes de Murga; 2 (dos) Panderos Media Luna; 1 (un) Repique “10” y 1 (un)
Charango modelo Argentina (artesanal) con amplificación pasiva.-
Que, a través del Expte. .C.D Nº 9287/17, se remite Acta de Entrega de Donación de
fecha 23/09/2017 de los bienes de instrumentos antes mencionado a la Orquesta de
Instrumentos Folclóricos.-
Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de 11/10/2017, conforme al
Despacho N° 119/17 de la Comisión Interna de Labor Legislativa, resuelve por unanimidad
resuelve desafectar del patrimonio municipal los elementos donados, con el dictado de la
norma legal correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DESAFÉCTANSE: del patrimonio municipal los instrumentos musicales
donados a la Orquesta de Instrumentos Folclóricos bajo la dirección del
profesor Juan Carlos, según el siguiente detalle:
1 (un) bombo Leguero Grande con parches.
3 (tres) Guitarras Criolla marca Gracia Modelo M2.-
2 (dos) Redoblantes de Murga.-
2 (dos) Panderos Media Luna.-
1 (un) Repique “10”.-
1 (un) Charango modelo Argentina (artesanal) con amplificación pasiva.-
ARTÍCULO 2º: Remítase: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1924/17.-
LUCIANO CASAJUS LUIS ARIEL MADUEÑO
SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA