ORDENANZA Nº 1909/10.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1909/2010
VISTO: La Nota Nº 558/10 de fecha 01/11/10 del Departamento Ejecutivo Municipal, firmada
por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, mediante el cual eleva
copia fiel de su original de Convenio de Reciprocidad de Información y Complementación
Operativa en Materia Tributaria, celebrado entre el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas de la
Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, registrada bajo Expte. C.D. Nº
5290/10, y;
CONSIDERANDO
Que, las partes acuerdan en celebrar el presente Convenio de Reciprocidad de
Información y Complementación Operativa en Materia Tributaria, destinado a jerarquizar las
políticas de ingresos públicos, de administración tributaria y de información catastral,
coordinando prácticas que promuevan el cumplimiento voluntario y minimizar los niveles de
evasión fiscal de los contribuyentes, en particular sobre las actividades gravadas por el impuesto
sobre los ingresos, impuesto inmobiliario, tasas por habilitación e inscripción de actividades
lucrativas y/o derechos de inspección de actividades comerciales, industriales y de prestación de
servicios y de las tasas por servicios a la propiedad inmueble.-
Que, el concepto de reciprocidad, como objeto central del presente Convenio, se hará
extensivo al control y cumplimiento de las obligaciones tributarias, generadas como consecuencia
de la responsabilidad que les cabe a los Municipios designados como agentes de retención del
impuesto sobre los ingresos brutos.-
Que, la Cláusula Segunda estipula que las partes de comprometen a brindar el más
amplio intercambio de información entre ambas jurisdicciones, a través de sus áreas de
competencia pertinentes, entendiéndose por tales a la Dirección Provincial de Rentas y la
Secretaría de Economía. El que se materializará a través de análisis, selección y producción de
informes y procesamiento de datos de utilidad para el control de las bases imponibles, como así
también coordinar aquellas acciones de control que puedan llevar adelante ambos organismos,
con el objeto de detectar nichos de evasión, participando en operativos conjuntos de fiscalización,
mediante controles simultáneos, en todos aquellos eventos de concurrencia masiva o actividades
que por su envergadura resulten pasibles de generar evasión para ambos fiscos.-
Que, la Cláusula Tercera dispone que la Municipalidad de Junín de los Andes se
compromete a suministrar a la Dirección Provincial de Rentas toda la información necesaria para
permitir un mayor control del cumplimiento de las obligaciones fiscales de los impuestos
provinciales que son de su competencia. Por su parte la Dirección Provincial de Rentas se
compromete a suministrar a la Municipalidad de Junín de los Andes, toda la información
necesaria para permitir un mayor control del cumplimiento de las obligaciones referentes a Tasas
por habilitación o inspección de actividades comerciales, industriales y prestación de servicios, a
derechos de inspección y control de seguridad e higiene de actividades comerciales, industriales y
de servicios y de tasas retributivas de servicios a la propiedad inmueble.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
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Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, en la Cláusula Séptima del convenio expresa la Gratuidad en la Operatoria, en el
marco de las acciones a llevarse a cabo en el presente convenio, quedando taxativamente
establecida la misma en los procesos de intercambio de información entre ambos organismos.-
Que, la Cláusula Novena hace mención de la Confidencialidad: La información que
recíprocamente se intercambie, estará sujeta al secreto fiscal y será de uso confidencial y
exclusivo de ambos organismos tributarios, comprometiéndose los firmantes a observar y hacer
observar por el personal bajo su dependencia el presente requisito, con relación a la información
que reciban en razón de este Convenio.-
Que, este Concejo Deliberante, según lo establecido en la Carta Orgánica, Artículo Nº
57, inc. “t”, y conforme lo expresado en Despacho Nº 185/10 de la Comisión de Gobierno,
dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 17/11/2010, homologar dicho Convenio.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO celebrado entre el MINISTERIO DE
HACIENDA y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA, representada por
el Sr. Sub-Secretario de Ingresos Públicos, Cr. Alfredo Mónaco y LA MUNICIPALIDAD DE
JUNÍN DE LOS ANDES, representada por el Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique
Campos, en el marco del Convenio de “Reciprocidad de Información y Complementación
Operativa en Materia Tributaria”, suscripto oportunamente, el cual integra la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y
efectos.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUEN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1527/10.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA