1909 - 10 Homologación Convenio de Reciprocidad de Información en Materia Tributaria - Ministerio de Hacienda y Obras Públicas.pdf

ORDENANZA Nº 1909/10.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 1909/2010



VISTO: La Nota Nº 558/10 de fecha 01/11/10 del Departamento Ejecutivo Municipal, firmada


por el Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, mediante el cual eleva


copia fiel de su original de Convenio de Reciprocidad de Información y Complementación


Operativa en Materia Tributaria, celebrado entre el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas de la


Provincia del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, registrada bajo Expte. C.D. Nº


5290/10, y;




CONSIDERANDO




Que, las partes acuerdan en celebrar el presente Convenio de Reciprocidad de


Información y Complementación Operativa en Materia Tributaria, destinado a jerarquizar las


políticas de ingresos públicos, de administración tributaria y de información catastral,


coordinando prácticas que promuevan el cumplimiento voluntario y minimizar los niveles de


evasión fiscal de los contribuyentes, en particular sobre las actividades gravadas por el impuesto


sobre los ingresos, impuesto inmobiliario, tasas por habilitación e inscripción de actividades


lucrativas y/o derechos de inspección de actividades comerciales, industriales y de prestación de


servicios y de las tasas por servicios a la propiedad inmueble.-


Que, el concepto de reciprocidad, como objeto central del presente Convenio, se hará


extensivo al control y cumplimiento de las obligaciones tributarias, generadas como consecuencia


de la responsabilidad que les cabe a los Municipios designados como agentes de retención del


impuesto sobre los ingresos brutos.-


Que, la Cláusula Segunda estipula que las partes de comprometen a brindar el más


amplio intercambio de información entre ambas jurisdicciones, a través de sus áreas de


competencia pertinentes, entendiéndose por tales a la Dirección Provincial de Rentas y la


Secretaría de Economía. El que se materializará a través de análisis, selección y producción de


informes y procesamiento de datos de utilidad para el control de las bases imponibles, como así


también coordinar aquellas acciones de control que puedan llevar adelante ambos organismos,


con el objeto de detectar nichos de evasión, participando en operativos conjuntos de fiscalización,


mediante controles simultáneos, en todos aquellos eventos de concurrencia masiva o actividades


que por su envergadura resulten pasibles de generar evasión para ambos fiscos.-


Que, la Cláusula Tercera dispone que la Municipalidad de Junín de los Andes se


compromete a suministrar a la Dirección Provincial de Rentas toda la información necesaria para


permitir un mayor control del cumplimiento de las obligaciones fiscales de los impuestos


provinciales que son de su competencia. Por su parte la Dirección Provincial de Rentas se


compromete a suministrar a la Municipalidad de Junín de los Andes, toda la información


necesaria para permitir un mayor control del cumplimiento de las obligaciones referentes a Tasas


por habilitación o inspección de actividades comerciales, industriales y prestación de servicios, a


derechos de inspección y control de seguridad e higiene de actividades comerciales, industriales y


de servicios y de tasas retributivas de servicios a la propiedad inmueble.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA











ORDENANZA Nº 1909/10.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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Que, en la Cláusula Séptima del convenio expresa la Gratuidad en la Operatoria, en el


marco de las acciones a llevarse a cabo en el presente convenio, quedando taxativamente


establecida la misma en los procesos de intercambio de información entre ambos organismos.-


Que, la Cláusula Novena hace mención de la Confidencialidad: La información que


recíprocamente se intercambie, estará sujeta al secreto fiscal y será de uso confidencial y


exclusivo de ambos organismos tributarios, comprometiéndose los firmantes a observar y hacer


observar por el personal bajo su dependencia el presente requisito, con relación a la información


que reciban en razón de este Convenio.-


Que, este Concejo Deliberante, según lo establecido en la Carta Orgánica, Artículo Nº


57, inc. “t”, y conforme lo expresado en Despacho Nº 185/10 de la Comisión de Gobierno,


dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 17/11/2010, homologar dicho Convenio.-


Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el CONVENIO celebrado entre el MINISTERIO DE


HACIENDA y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA, representada por


el Sr. Sub-Secretario de Ingresos Públicos, Cr. Alfredo Mónaco y LA MUNICIPALIDAD DE


JUNÍN DE LOS ANDES, representada por el Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique


Campos, en el marco del Convenio de “Reciprocidad de Información y Complementación


Operativa en Materia Tributaria”, suscripto oportunamente, el cual integra la presente como


Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y


efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-






DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUEN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO


DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1527/10.-











ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA