Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 818/2.000
VISTO: El Expte. C.D. Nº 1.683/00 iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal,
Secretaría de Gobierno, Desarrollo Humano y Promoción Social, donde
solicita adhesión a la Resolución Nº 004/2.000 de fecha 16/06/00, dictada por el Consejo
Provincial de Tránsito para CONVALIDAR el Formulario “ACTA DE INFRACCIÓN”
a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 y Ley Provincial Nº 2.178, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma fue solicitada por el Secretario Ejecutivo del Consejo
Provincial de Tránsito, Director de Seguridad Vial y Re.P.A.T., Don Francisco Schulz.-
Que, el mencionado formulario se encuentra basado en el nomenclador único
nacional y es de aplicación en todo el territorio provincial y cuya aplicación propende a
la unicidad de las normas de tránsito, directriz consagrada en el Artículo 7º de la Ley
Nacional de Tránsito Nº 24.449 a la que se encuentra adherida nuestra Provincia por Ley
Nº 2.178 y adherido este Municipio por Ordenanza Nº 530/96.-
Que, la Carta Orgánica Municipal, en el Artículo 158 expresa: “La
Municipalidad de Junín de los Andes dictará el Código Municipal de Tránsito Vehicular
y Peatonal, en concordancia con las normas específicas provinciales y nacionales, y
fiscalizará su control a través del Poder de Policía Municipal y por convenio con la
Policía Provincial”.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA
CARTA ORGANICA MUNICIPAL, EN SU ARTICULO 56 Y ARTÍCULO 57,
Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS
ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: ADHIÉRASE a la Resolución Nº 004/2.000 de fecha 16/06/00 del
Consejo Provincial de Tránsito, Provincia del Neuquén, que
CONVALIDA el Formulario “ ACTA DE INFRACCIÓN” a la Ley Nacional de
Tránsito Nº 24.449 y Ley Provincial Nº 2.178, de la Policía del Neuquén, que como
Anexo I forma parte de dicha Resolución y en concordancia con la Ordenanza Nº
539/96, con la cual oportunamente se adhiriera a la Ley Nación y Provincial.-
OSCAR RAÚL ANDE ANGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO
DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ORDENANZA Nº 818/2000.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus
efectos.-
ARTÍCULO 3º: Promulgada remítase copias al Departamento Municipal de Tránsito
y Transporte, a la División Tránsito y Rural de la Policía Provincial con
asiento el la localidad y al Consejo Provincial de Tránsito de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 4º: DESE amplia difusión por los medios orales y escritos de la
localidad.-
ARTÍCULO 5º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del
Neuquén (conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc.
c) de la Carta Orgánica Municipal), y en su oportunidad cúmplase con lo normado en el
Artículo 66 de la citada norma.
ARTICULO 6º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Concejal Oscar
Raúl Ande.
ARTICULO 7º: De Forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, A
LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 985/2000.-
OSCAR RAÚL ANDE ANGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO
DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES