ORDENANZA Nº 2716/17.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2716/2017
VISTO: El Expte. C.D. Nº 8893/17 de fecha 19/01/2017 iniciado pro el Departamento Ejecutivo
Municipal, por la cual remite Proyecto de Ordenanza para autorizar la firma de
Convenio de Complementación de Servicios entre la Municipalidad de Junín de los Andes
(“Municipalidad”) y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del
Automotor y de Créditos Prendarios (“Dirección Nacional”), y;
CONSIDERANDO
Que, el citado Convenio de Complementación de Servicios tiene como finalidad la de
brindar un mejor servicio a quienes realizan trámites respecto de automotores radicados en la
jurisdicción de San Martín de los Andes, instrumentando mecanismos regulares de intercambio
de información, y un sistema de Recaudación del Impuesto Municipal de Patentes de Rodados a
cargo de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor, dependientes de la “Dirección
Nacional”, bajo las siguientes Cláusulas:
Primera: La “La Municipalidad” deberá suministrar un informe de la deuda de Impuesto de
Patentes de Rodados que registra cada automotor conforme a la solicitud individual que entregará
el Registro Seccional en Dirección General de Recaudaciones de al Municipalidad, respecto de
los trámites y en forma y plazos especificados en el Anexo I del presente Convenio.-
Segunda: El informe de la “Municipalidad”, contendrá la liquidación de la deuda del Impuesto a
las Patentes de Rodados con vencimiento a los diez (10) días, y constituyendo el único
documento válido para el cobro de la misma pro el Registro Seccional, la cual se faculta para
percibir dicho importe conforme a las Cláusulas del Anexo II del presente Convenio.-
Tercera: En los supuestos que la liquidación de deuda prevista e la Cláusula anterior, no fuera
evacuada dentro del plazo contemplado en el Anexo I, o que el contribuyente se negara a abonar
el importe que corresponde tributar, se perfeccionará igualmente el trámite de inscripción
Registral sin perjuicio de las responsabilidades emergentes para el contribuyente conforme a las
normas pertinentes.-
Cuarta: La rendición de las sumas recaudadas en concepto de Impuesto a las Patentes de rodados,
así como el suministro de la información penitente, se hará conforme con los requerimientos en
los plazos que se establecen e el Anexo III de este Convenio.-
Quinta: El Encargado de Registro será responsable ante la “Municipalidad” por los
incumplimientos en que puedan incurrir respecto de la actividad que se le asigna en las Cláusulas
y Anexos del presente Convenio. A tal efecto quedan comprendidos dentro de las provisiones del
Código Tributario (Ordenanza Nº 1604/2008 y sus moratorias).-
Sexta: Ante caso de incumplimiento por parte del Registro Seccional, la “Municipalidad”
comunicará a la “Dirección Nacional” dicha circunstancia, con la finalidad de que ésta aplique las
medidas administrativas o disciplinarias que correspondan.-
Séptima: La “Dirección Nacional” comunicará a la “Municipalidad” la información que ingrese
en su Registro Seccional, referente a la incorporación y baja de vehículos al parque automotor de
la jurisdicción de San Martín de los andes, conforme se indica en el Anexo IV de este Convenio.-
Octava: Se faculta a la “Dirección Nacional” y a la “Municipalidad” para que en forma conjunta
establezcan, modifiquen, reemplacen o amplíen los Anexos del presente Convenio.-
LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
ORDENANZA Nº 2716/17.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Novena: Se faculta a la “Municipalidad” a revisar la información obrante e el Registro Seccional,
a fin de efectuar los controles que estime pertinentes, vinculados con las prestaciones establecidas
por el presente convenio y sus Anexos. La “Municipalidad” pondrá en conocimiento de la
“Dirección Nacional” el resultado de tales controles.-
Décima: La “Dirección Nacional y la “Municipalidad”, deberán intercambiar toda información
que permita comprobar el funcionamiento del presente Convenio.-
Decimoprimera: Se faculta a la “Dirección Nacional” y a la “Municipalidad” para que en form
conjunta establezcan fechas para que el sistema previsto en este Convenio tenga aplicación.-
Decimosegunda: El presente Convenio tendrá una duración de 1 (un) año a partir de su entrada en
vigencia, prorrogándose automáticamente por igual lapso en los periodos sucesivos, salvo
comunicación en contrario de cualquiera de las partes notificadas fehacientemente con una
antelación mínima de 90 (noventa) días corridos.-
Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en el Artículo 57 Inc “t” de la
Carta Orgánica Municipal y Despacho Nº 050/17 de la Comisión Interna de Economía, en Sesión
Ordinaria de fecha 05/07/2017, resuelve por unanimidad autorizar la firma del Convenio en
cuestión, con el dictado de presente ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE: el Convenio de Complementación de Servicios y sus Anexos
I, II, III y IV a suscribirse entre la Municipalidad de Junín de los Andes y
Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos
Prendarios.-
ARTÍCULO 2º: Remítase: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio, envíese copia a la Dirección Nacional de
los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1910/17.-
LUCIANO CASAJUS IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES