Ordenanza N° 907 Se otorga excepción al Codigo Urbano y de Edificación al Sr. Lezana David Alberto..pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 907/2001




VISTO: El Expte. Nº 0438 de fecha 02/03/2001 iniciado ante el Departamento Ejecutivo


Municipal – Obras Particulares – por el Señor LEZANA, David Alberto, D.N.I. Nº


16.154.188, mediante el cual solicita se estudie la excepción de ocupación del retiro de frente


para ampliación de la vivienda, ubicada en el Lote 198 C, Manzana 49, Nomenclatura


Catastral Nº 13.-20-053-8746, Área Residencial de Densidad Media 1, calle Padre Milanesio


Nº 56 de Junín de los Andes; enviado a este Cuerpo Deliberativo en fecha 08/08/2001 por el


Sr. Subsecretario de Obras y Servicios Públicos, M.M.O. Dn Diego A. Marcovesky, registrado


bajo Expte. C.D. Nº 2093/2001, y;




CONSIDERANDO:




Que, fs. 01 del Expte. referenciado el Sr. Lezana enumera los puntos que


fundamentan su solicitud.-


Que, a fs. 04 y 05 consta el informe Técnico elaborado por la Arq., Andrea Ortega


del Departamento Técnico dependiente de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos del


Municipio, donde se detallan los parámetros estipulados en el Código Urbano y de Edificación


para esta Zona.-


Que, en principio el Departamento Técnico, expresa que queda imposibilitada la


ampliación de la vivienda al infringir en el Código Urbano en Retiro de Frente.-


Que, asimismo dicho Departamento deja constancia que por los recorridos realizados


en la zona, ya se realizaron construcciones de tipo comercial invadiendo este Retiro.-


Que, la citada dependencia municipal menciona que deberá cumplimentar con lo


exigido en el Capítulo 17 del C.U.E. referido a las fachadas y techados, donde detalla las


disposiciones constructivas, para asegurar así, la continuidad edilicia de las construcciones


aledañas, teniendo en cuenta criterios de buen diseño al momento de proyectar dicho local.-


Que, por lo expuesto, el Departamento Técnico cree necesario otorgar la excepción


para poder invadir el Retiro de Frente, ya que actualmente se está definiendo como un Área de


uso prioritariamente comercial.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 22/08/2001 atento al


informe técnico de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos – Departamento Técnico - y


conforme lo resuelto por Despacho Nº 209/01 de fecha 21/08/2001, emitido por la Comisión


de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Productivo, Turismo y Medio Ambiente, dispone


por unanimidad otorgar la excepción solicitada; dejando constancia que de tratarse de


medianera, la ampliación de la vivienda, no deberá tener aberturas laterales.-


Que, al efecto se deber dictar la norma legal correspondiente.-













OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
















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ORDENANZA Nº 907/2001.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ART. 1º: OTÓRGASE al Señor LEZANA, David Alberto, D.N.I. Nº 16.154.188, una


excepción al Código Urbano y de Edificación, Sección II, Capítulo 13, Inciso


13.13.3 Ítem “Alturas y Retiros”, para ampliación de la vivienda de su propiedad, ubicada en


Lote 198 C, Manzana 49, Nomenclatura Catastral Nº 13.-20-053-8746, Área Residencial de


Densidad Media 1, calle Padre Milanesio Nº 56 de Junín de los Andes, AUTORIZÁNDOSE


la ocupación del Retiro de Frente, según croquis obrante a fs. 02 del Expte. Nº 0438 de


fecha 02/03/2001 del Departamento Ejecutivo Municipal, y conforme informe técnico informe


técnico emanado del Departamento Técnico de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos,


que consta a fs. 04 y 05 del citado Expte.-


ART. 2º: DETERMINASE que por de tratarse de medianera, la ampliación de la vivienda, no


deberá tener aberturas laterales.-


ART. 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


ART. 4º: Una vez promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la presente


al interesado para su conocimiento y a la Subsecretaría de Obras y Servicios


Públicos, para que tome los recaudos correspondientes, para la presentación de los planos en


tiempo y forma, de acuerdo a lo normado en el Artículo 1º y 2º de la presente.-


ART. 5º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ART. 6º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl Ande.-


ART. 7º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE AGOSTO


DEL AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1037/01.-













OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
















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