Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2082/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2082/2012
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 873 Letra “B” de fecha 21/05/2007, iniciado por el Sr.
Carlos Alberto Gentiluomo, titular del D.N.I. Nº 16.113.219, con domicilio legal en
Calle Lolog Nº 248 Casa 4 de Junín de los Andes, destinado a desarrollar un Taller Gráfico; y
el Convenio de pago Parque Industrial celebrado en el mes de Marzo del año 2012 entre la
Municipalidad de Junín de los Andes y el nombrado, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere a “El
Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, sus
modificatorias Nº 1014/2002, Nº 1381/2006, Nº 1594/2008 y Nº 1718/2009, una fracción de
terreno ubicada en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 2b, de la
Manzana 137; con una superficie de setecientos tres con treinta y seis (703,36 mts²).-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Cuarenta ($ 40,00) por
metro cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veintiocho Mil Ciento Treinta y Cuatro
con cuarenta centavos ($ 28.134,40) que serán cancelados conforme forma de pago establecida
en Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los planos aprobados que se adjuntan en (Expte. Nº 873/07 Letra B),
otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del convenio, para la
puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria a través del Despacho Nº 013/12
de fecha 27/03/12 de la Comisión de Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial, resolvió
en por unanimidad, en Sesión Ordinaria de fecha 28-03-2012 homologar el citado convenio,
con el dictado de la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2082/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado durante el
mes de Marzo de 2.012 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Intendente Municipal, Don JUAN DOMINGO LINARES, y el Señor
Secretario de Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial, Don ALEJANDRO
REGUEIRO, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los
Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Sr. CARLOS ALBERTO
GENTILUOMO, titular del D.N.I. Nº 16.113.219, con domicilio legal en Calle Lolog Nº 248
de la Ciudad de Junín de los Andes, destinado a desarrollar un Taller Gráfico e Imprenta, en
adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta de una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificado como Lote 2b, de la Manzana 137
superficie de 703,36 m², nomenclatura catastral en trámite.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1606/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES