3353 - 22 Cambio de titularidad de Lote en Loteo Social Sr. Fabián. A. González.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
3353/22.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3353/2022



VISTO: El Expte. C.D. Nº 11.410/22 fecha 17/11/2022, iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, y;




CONSIDRANDO:




Que, mediante el citado Expte. la Gerencia del INMUVI presenta documentación


referente a solicitud de cambio de titularidad del Certificado de pre-adjudicación sobre el Lote


09, de la Manzana 140, ubicado en el Loteo Social “Nehuen Che”, a nombre del Sr. González


Alberto Fabián, D.N.I. Nº 24.223.717, quien solicita se cedan los derechos del mencionado


inmueble a favor de su expareja Sra. Sáez Lorena Noemí, D.N.I. Nº 29.795.943.-




Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para la


adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la


fracción de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado


a un loteo social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal


de Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-




Que, en el Anexo I de la citada norma legal, figura el Sr. Alberto Fabián González,


D.N.I. Nº 24.223.717, en el Orden Nº 591.-




Que, conforme Certificado de Pre-Adjudicación de fecha 4 de junio del año 2011,


obstante a fs. 03 y 04, el inmueble fue pre adjudicado al Sr. González Alberto Fabián, en el


cual se establece: “PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda


cesión de los derechos de pre adjudicación o adjudicación. En la resolución de adjudicación


se dejará expresa constancia que será nula y de ningún valor toda transferencia a título


gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por dicha resolución, sin previa autorización


municipal de conformidad a los fundamentos del artículo primero de la presente, la que


deberá ser debidamente fundada y autorizada por el Concejo Deliberante”.-




Que, a fs. 08 del Expte. mencionado se adjunta copia de Certificación de Cesión de


tenencia precaria del INMUVI de fecha 08/11/2022, certificada ante el Juzgado de Paz de


Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, mediante la cual el Sr. González Alberto Fabián,


D.N.I. Nº 24.223.717, manifiesta que: “renuncia a todos los derechos que pudiese haber


obtenido como pre-adjudicatario a la tenencia precaria cedida por la Ordenanza N° 1873/10


al Lote 09 de la Manzana 140 del Loteo Social Nehuen Che bajo el certificado de pre-


adjudicación, y deja expuesto que: cede todos los beneficios y/o derechos derivados a su ex


pareja Sra. Sáez Lorena Noemí… dejando aclarado que no tiene nada en cuanto a reclamar


en futuro.”.-













LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
3353/22.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, en vista de toda la documentación obrante y no habiendo objeción alguna, este


Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 30/11/2022, conforme al Despacho Nº


113/22 de Comisión de Gobierno y Acción Social, dispone por unanimidad dictar el presente


proyecto de ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:


ARTÍCULO 1°: SE DA DE BAJA: al Sr. GONZÁLEZ, Alberto Fabián, D.N.I. N°


24.223.717, del listado de pre-calificados para la adquisición de una fracción


de tierra destinada a vivienda única y familiar, identificada como Lote 09 de la Manzana 140,


Nomenclatura Catastral 13-20-040-5044, de una superficie de Trescientos Setenta y Ocho


metros cuadrados (378,00 m²), ubicado en el Loteo Social “Nehuen Che”, aprobado mediante


Ordenanza 1846/2010 y 1873/2010.-




ARTÍCULO 2°: SE APRUEBA: como calificado a la Sra. SÁEZ, Lorena Noemí, D.N.I. N°


29.795.943, y se ceden los derechos de pre-adjudicación del Lote 09 de la


Manzana 140, Nomenclatura Catastral 13-20-040-5044, de una superficie de Trescientos


Setenta y Ocho metros cuadrados (378,00 m²), sito en calle Amalia Quinteros del Loteo


Nehuen Che, aprobado mediante Ordenanza 1846/2010 y 1873/2010, conforme los


antecedentes obrantes en Expediente C.D. N° 11.410/22.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUÉN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL VEINTIDÓS, CONSTA EN ACTA Nº 2186/22.-













LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA