1954 - 11 Derogar Ordenanza Nº 1953-11 Plan de Contención Social Transitoria modificación Ord. Nº 1388-06.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1954/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1954/2011



VISTO: La Ordenanza Nº 1953/2011 de fecha 25/04/2011, promulgada por el Ejecutivo


Municipal mediante Resolución Nº 518/11 de fecha 25/04/2011, y;




CONSIDERANDO:




Que, la citada Ordenanza establece:


 Artículo 1º: “CRÉASE el “PROGRAMA MUNICIPAL DE OCUPACIÓN
TRANSITORIA”, para atención de trabajadores desocupados con residencia


permanente en la localidad de Junín de los Andes y zonas de influencia”.-


 Artículo 2º: “INSTRUMÉNTASE la aplicación de las condiciones fijadas por las
normas legales del Orden Nacional (Ley Nº 24.013, Resolución M.T.S.S. Nº 576/95 y


Nº 344/96, Resolución S.E. y F.P. Nº 03/95) y Provincial para la incorporación de


beneficiarios al presente régimen.-


 Artículo 3º: “FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a través del
presente Programa, a complementar los Planes Nacionales y Provinciales que así lo


requieran, en el orden de la capacitación y retribución mensual, con aportes y


contribuciones sociales acorde con la carga horaria, con un máximo de hasta Pesos


Seiscientos ($ 600,00) por contrato mensual.-


 Artículo 4º: “DISPÓNGASE de la Partida Presupuestaria 10-40-20-14-20-01
“Programa de Trabajo Con contraprestación”, del Presupuesto Municipal año Ejercicio


año 2010, para la atención del mismo.-


 Artículo 5º: “INSTRÚYASE al Departamento Ejecutivo Municipal a elevar al
Concejo Deliberante copia de todos los Proyectos Municipales con lista de


beneficiarios con previa financiación por la presente Partida”.-




Que, el Artículo 1º se habla de la zona de influencia, debiendo especificarse


únicamente dentro del ejido municipal.-




Que, se debe verificar la vigencia de las Resoluciones M.T.S.S. Nº 576/95 y Nº


344/96, Resolución S.E. y F.P. Nº 03/95, que se mencionan en el Artículo 2º.-




Que, en esta normativa no se contempla lo establecido en el Artículo 100º de la Carta


Orgánica Municipal y Ordenanza Nº 1168/2004 de creación de la Junta de Admisión,


Calificación, Ascenso y Disciplina.-




Que, que, a la fecha no se cuenta con el convenio de aplicación de este programa.-




Que, se debe contemplar únicamente los Planes Nacionales.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA




















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1954/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, por lo expuesto y en vista de interpretaciones contradictorias que surgieron de


la Ordenanza Nº 1953/2011, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


28/04/2011, dispuso por mayoría derogar la misma, con cuatros votos a favor, dos en contra y


una abstención.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: DERÓGASE la Ordenanza Nº 1953/2011 de fecha 25/04/2011, promulgada


por Resolución del Ejecutivo Municipal Nº 518/2011 del 25/04/2011.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-






DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL


ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.553/11.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA