Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1954/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 1954/2011
VISTO: La Ordenanza Nº 1953/2011 de fecha 25/04/2011, promulgada por el Ejecutivo
Municipal mediante Resolución Nº 518/11 de fecha 25/04/2011, y;
CONSIDERANDO:
Que, la citada Ordenanza establece:
Artículo 1º: “CRÉASE el “PROGRAMA MUNICIPAL DE OCUPACIÓN
TRANSITORIA”, para atención de trabajadores desocupados con residencia
permanente en la localidad de Junín de los Andes y zonas de influencia”.-
Artículo 2º: “INSTRUMÉNTASE la aplicación de las condiciones fijadas por las
normas legales del Orden Nacional (Ley Nº 24.013, Resolución M.T.S.S. Nº 576/95 y
Nº 344/96, Resolución S.E. y F.P. Nº 03/95) y Provincial para la incorporación de
beneficiarios al presente régimen.-
Artículo 3º: “FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a través del
presente Programa, a complementar los Planes Nacionales y Provinciales que así lo
requieran, en el orden de la capacitación y retribución mensual, con aportes y
contribuciones sociales acorde con la carga horaria, con un máximo de hasta Pesos
Seiscientos ($ 600,00) por contrato mensual.-
Artículo 4º: “DISPÓNGASE de la Partida Presupuestaria 10-40-20-14-20-01
“Programa de Trabajo Con contraprestación”, del Presupuesto Municipal año Ejercicio
año 2010, para la atención del mismo.-
Artículo 5º: “INSTRÚYASE al Departamento Ejecutivo Municipal a elevar al
Concejo Deliberante copia de todos los Proyectos Municipales con lista de
beneficiarios con previa financiación por la presente Partida”.-
Que, el Artículo 1º se habla de la zona de influencia, debiendo especificarse
únicamente dentro del ejido municipal.-
Que, se debe verificar la vigencia de las Resoluciones M.T.S.S. Nº 576/95 y Nº
344/96, Resolución S.E. y F.P. Nº 03/95, que se mencionan en el Artículo 2º.-
Que, en esta normativa no se contempla lo establecido en el Artículo 100º de la Carta
Orgánica Municipal y Ordenanza Nº 1168/2004 de creación de la Junta de Admisión,
Calificación, Ascenso y Disciplina.-
Que, que, a la fecha no se cuenta con el convenio de aplicación de este programa.-
Que, se debe contemplar únicamente los Planes Nacionales.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1954/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
Que, por lo expuesto y en vista de interpretaciones contradictorias que surgieron de
la Ordenanza Nº 1953/2011, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
28/04/2011, dispuso por mayoría derogar la misma, con cuatros votos a favor, dos en contra y
una abstención.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DERÓGASE la Ordenanza Nº 1953/2011 de fecha 25/04/2011, promulgada
por Resolución del Ejecutivo Municipal Nº 518/2011 del 25/04/2011.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.553/11.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA