Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
3240/22.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3240/2022
VISTO: El Expte. C.D. Nº 11126/2022 de fecha 13/01/2022, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el mismo, el Sr. Intendente Municipal Dn. Carlos A. Corazini, a pone
a consideración del Cuerpo Deliberativo, Proyecto de Ordenanza sobre prórroga de la
Ordenanza N° 3035/2020 sobre Régimen Especial de facilidades de pago destinado a la
cancelación de deudas devengadas en concepto de tasas, derechos, multas, y contribuciones.-
Que, de acuerdo al análisis realizado por el Ejecutivo durante el tiempo de vigencia
de la Ordenanza N° 3035/2020, y de sus prorrogas mediante Ordenanzas N° 3052/2020 y
3088/2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, se ha observado una importante generación de
planes, lo que entre otras cosas ha contribuido a la actualización de la base de datos
municipal.-
Que, se ha observado un importante número de contribuyentes que han accedido a
esta operatoria.-
Que, se propone y acuerda una nueva prórroga por el término de doce (12) meses,
dictándose al efecto el presente proyecto de ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: PRORRÓGASE: a partir del 01 de Enero de 2022 y hasta el 31 de
Diciembre de 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 3035/2020, denominada
“Régimen Especial de Facilidades de Pago”, la cual fuera prorrogada por Ordenanzas Nº
3052/2020 de fecha 28/10/2020 y 3088/2021 de fecha 11/01/2021.-
ARTÍCULO 2º: FACÚLTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del
Órgano Fiscal realice todas las acciones técnicas y administrativas para la
aplicación de lo mencionado en el artículo precedente.-
ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, y
por su intermedio elévese copia de la presente a las Secretarias Municipales
que corresponda.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL
VEINTIDOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2143/22.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
3240/22.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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