3240 - 22 Prórroga Régimen Especial de Facilidades pago deudas municipales.pdf








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
3240/22.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3240/2022


VISTO: El Expte. C.D. Nº 11126/2022 de fecha 13/01/2022, iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, y;




CONSIDERANDO:


Que, mediante el mismo, el Sr. Intendente Municipal Dn. Carlos A. Corazini, a pone


a consideración del Cuerpo Deliberativo, Proyecto de Ordenanza sobre prórroga de la


Ordenanza N° 3035/2020 sobre Régimen Especial de facilidades de pago destinado a la


cancelación de deudas devengadas en concepto de tasas, derechos, multas, y contribuciones.-


Que, de acuerdo al análisis realizado por el Ejecutivo durante el tiempo de vigencia


de la Ordenanza N° 3035/2020, y de sus prorrogas mediante Ordenanzas N° 3052/2020 y


3088/2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, se ha observado una importante generación de


planes, lo que entre otras cosas ha contribuido a la actualización de la base de datos


municipal.-


Que, se ha observado un importante número de contribuyentes que han accedido a


esta operatoria.-


Que, se propone y acuerda una nueva prórroga por el término de doce (12) meses,


dictándose al efecto el presente proyecto de ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:


ARTÍCULO 1º: PRORRÓGASE: a partir del 01 de Enero de 2022 y hasta el 31 de


Diciembre de 2022, la vigencia de la Ordenanza N° 3035/2020, denominada


“Régimen Especial de Facilidades de Pago”, la cual fuera prorrogada por Ordenanzas Nº


3052/2020 de fecha 28/10/2020 y 3088/2021 de fecha 11/01/2021.-


ARTÍCULO 2º: FACÚLTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del


Órgano Fiscal realice todas las acciones técnicas y administrativas para la


aplicación de lo mencionado en el artículo precedente.-


ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos, y


por su intermedio elévese copia de la presente a las Secretarias Municipales


que corresponda.-


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL


VEINTIDOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2143/22.-





LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA











Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
3240/22.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante


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