Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1189/2004.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1189/2004
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3060/04 de fecha 10/09/2004, mediante el cual remite Convenio
de Pasantía firmado entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el
Establecimiento Educativo Centro Provincial de Enseñanza Media Nº 7 de nuestra localidad,
y;
CONSIDERANDO:
Que, se conviene celebrar el mencionado convenio con el objeto de coordinar
esfuerzos entre instituciones educativas y la Municipalidad enmarcado en el Plan de
Transformación Educativa (Ley Nº 24.195), Resolución Nº 1199/99 y Resolución Nº 705/00,
de modo tal que permita al alumno una formación que abarque tanto el ámbito educativo como
el del trabajo, proporcionándoles su posible desarrollo laboral en contacto con otros
trabajadores, realizando prácticas no rentadas en las distintas dependencias de la
Municipalidad.-
Que, el Artículo 128, establece: “La Municipalidad de Junín de los Andes reconoce a
la educación como herramienta fundamental en el proceso de apropiación de la cultura para
alcanzar el desarrollo integral y la socialización de las personas. Realizará e impulsará las
acciones para garantizar el cumplimiento de los derechos constitucionales a recibir una
educación de calidad en todas las edades, pública, gratuita, laica y con igualdad de
oportunidades y posibilidades para todos los habitantes”.-
Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 24/09/2004 de acuerdo a
lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57 Inc., “t”, dispuso por
unanimidad, ratificar dicho convenio; debiéndose en consecuencia dictar la norma respectiva.-
POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio de Pasantía cebrado entre la Municipalidad de
Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Ángel
C. Herrera, en adelante “La Municipalidad”, y el Establecimiento Educativo Centro Provincial
de Enseñanza Media Nº 7, dependiente del Consejo Provincial de Educación de la Provincia
del Neuquén, representada por la Señora Directora, Profesora Griselda López Jove, en
adelante “El Establecimiento”, el cual integra la presente como “Anexo I”.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y
por su intermedio envíese copia a la Dirección del Establecimiento
Educativo Centro Provincial de Enseñanza Media Nº 7 y al Consejo Provincial de Educación,
para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal
Humberto Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1191/04.-
Firmado: Vicepresidente C.D. Néstor J. MONDINO
Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE