1350 - Aprobar Convenio ADUS.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1350/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1350/2006



VISTO: El Expte. C.D. Nº 3423/06 de fecha 20 de Febrero de 2006 iniciado por el


Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el cual solicita la homologación del


Convenio firmado entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Agencia para el


Desarrollo Sustentable (ADUS), por la entrega de 56 Créditos para Mejoramientos


Habitacionales, y;


CONSIDERANDO:




Que, dicho pedido se realiza con el objeto de brindar con dicha homologación una


rápida respuesta para la acreditación de los fondos correspondientes a cada beneficiario.-




Que, conforme Despacho Nº 008/06 emitido por la Comisión de Economía y


Hacienda se informa al D.E.M. que habiendo analizado el Expte. de referencia y atento a lo


que estipula la Carta Orgánica Municipal, Artículo 68 Inciso “K”, el Cuerpo Deliberativo


considera que el convenio reseñado requiere doble lectura y audiencia pública; salvo que el


plazo de devolución de los créditos no supere la actual gestión de gobierno, lo cual no figura


en e l convenio.-




Que, asimismo este Legislativo reconoce la necesidad de los beneficiarios del crédito


para mejorar su calidad de vida, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal informe el


plazo de devolución y cual es la forma de garantía que determinará el Municipio según


cláusula tercera.-




Que, dicho Despacho fue materializado por Nota C.D. Nº 067/06 de fecha 02/03/06.-




Que, mediante Nota Nº 065/06 de fecha 08/03/06 el D.E.M. remite nuevamente el


Expte. citado, solicitando que, en cuanto al tratamiento de doble lectura, dados los tiempos, se


haga la excepción en virtud de que la gente beneficiaria ha completado la totalidad de la


documentación exigida y ya han recibido su correspondiente certificado de aprobación, por lo


que de aprobarse en este Cuerpo, en el termino de 48 horas estarán recibiendo los fondos ya


disponibles. Señalando que está finalizando la temporada estival y lógicamente el sentido es


acompañar a los beneficiarios que solucionen antes de invierno sus problemas habitacionales.-




Que, asimismo el D.E.M. consigna que el compromiso de coparticipación por el


monto total de los créditos, sea de seis años a partir se la aprobación de la ordenanza, siendo


este el plazo fijado para la devolución de los créditos.-




Que, desde el dictado de la Carta Orgánica Municipal la sanción definitiva del


proyecto de ordenanza indica el tratamiento de doble lectura para la contratación de créditos


públicos y compromisos de fondos que superan el periodo de gestión expresando el Artículo


68: “Se requerirá doble lectura para la sanción de las ordenanzas que dispongan....” Inc. k)














MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES












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Contraer empréstitos y créditos públicos y/o comprometer fondos coparticipables que superen


el período de gestión de gobierno. El procedimiento será el siguiente: se realizarán dos lecturas


mediando un plazo no menor de treinta (30) días corridos entre ambas, en el que se deberá dar


amplia difusión al despacho resultante de la primera lectura. En este período deberá realizarse


al menos una (1) audiencia pública, teniendo especial cuidado de invitar a las personas y


entidades interesadas directamente en su discusión. En todos los casos se requerirá el voto de


los dos tercios (2/3) del total de los miembros del Cuerpo para ambas lecturas.-




Que, la primera lectura se materializó en Sesión Ordinaria de fecha 08/03/2006 y se


determinó Audiencia Pública para el día 20 de Marzo de 2006 a las 18:00 horas.-


Que, tal cual lo enunciado anteriormente en la fecha y hora indicada se celebró Audiencia


Pública con la presencia de las personas interesadas directamente en el tema.-


Que, mediante Nota Nº 097/06 de fecha 06 de Abril de 2006 firmada por el Sr.


Intendente Municipal, Don Ángel C. Herrera, eleva renuncia indeclinable presentada por la


Sra. María de las Nieves Melo al crédito de $ 6.000 de la Agencia para el Desarrollo Urbano


sustentable (ADUS), informando que la misma figura en el Listado Adjunto a la solicitud de


aprobación mediante Ordenanza Municipal del convenio que firmara oportunamente entre el


Ejecutivo Municipal y la ADUS.-




Que, asimismo el Ejecutivo Municipal solicita se realice la incorporación al mismo


del Sr. Carlos Huenaihuen D.N.I. Nº 17.754.695, a dicho listado en reemplazo de la Sra. María


de las Nieves Melo.-




Que, en Sesión Extraordinaria del día 07/04/2006 se resolvió en definitiva la 2º


Lectura y aprobación en forma unánime de la normativa instrumentada.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULOS 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal la firma del Convenio


suscripto con la Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable (ADUS), que


integra la presente como Anexo I y a garantizar la devolución de los fondos otorgados para el


Emprendimiento denominado 56 Mejoramientos Habitacionales, conforme listado Anexo II, y


según los normado en la Ordenanza Nº 1332/2006, de conformidad con las disposiciones


expuestas en la Ley Nº 2640 Art. 3º, Inciso “j”, para que la ADUS autorice a través de su


agente financiero, B.P.N. S.A. el efectivo desembolso de los créditos asignados, por un monto


total de pesos trescientos treinta y seis mil ($ 336.000,00), ascendiendo a la suma de $ 6000


para cada beneficiario, con un plazo máximo de devolución de 72 meses o cuotas.-














MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


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ARTÍCULO 2º: INCORPÓRASE al listado que figura como Anexo II de la presente al


Señor Carlos Huenaihuen D.N.I. Nº 17.754.695, en el lugar 23 del mismo, en


reemplazo de la Sra. María de las Nieves Melo, D.N.I. Nº 11.158.600, conforme lo solicitado


por el Ejecutivo Municipal en Nota Nº 097/06 de fecha 06 de Abril de 2006 y Acta de


renuncia de fecha 28-02-2006 presentada por la Sra. María de las Nieves Melo.-




ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE que a los adjudicatarios de los créditos que tengan


relación por cuenta habilitada en el Banco Provincia del Neuquén se les


realizará mensualmente el Descuento automático de las cuotas pactadas, lo que deberá constar


en el Convenio individual.-




ARTÍCULO 4º: DÉJASE constancia que atento a lo normado en el Artículo 68 de la


Carta Orgánica Municipal y de conformidad a dicho imperativo legal en


Sesión Ordinaria del día 08 de Marzo de 2006 se aprobó la presente en Primera Lectura y se


materializó Audiencia Pública el día 20 de Marzo de 2006 a las 18:00 horas.-




ARTÍCULO 5º: RATIFÍCASE en Segunda Lectura y conforme a lo reseñado en


considerandos y Audiencia Pública la aprobación definitiva de la Ordenanza


presente.-




ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y


por su intermedio a la ADUS y los beneficiarios de los créditos mencionados


en el Anexo II de la presente.-




ARTÍCULO 7º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN “DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS


SIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SEIS, SEGÚN CONSTA EN


ACTA Nº 1272/06.-














MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


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