Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1830/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 1830/2010
VISTO: El Expte. 773/10 Letra “B” del DEM de fecha 08/03/2010 iniciado por la Secretaria
de Producción y Turismo, que contiene documentación referida a la realización de la
obra de repotenciación del sector del Parque Industrial por parte del Ente Provincial de
Energía del Neuquén (E.P.E.N.), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la Nota Nº 125/10 de fecha 08/03/10 de la Secretaría de Producción y
Turismo, se menciona que se llegó a lograr una financiación positiva para este municipio, ya
que con el abono del 30% del monto final se reducen los intereses y por ende al monto total de
la obra. Así mismo el comienzo de las obras en asunto, y de esta manera poder proveer de
energía eléctrica a sectores que están en término de ejecución de obras.-
Que, mediante Nota Nº 28/10 de fecha 25/02/10 de Asesoría Legal Municipal, se
sugiere se investigue acerca de si existe otra empresa en condiciones de brindar el mismo
servicio, dado el monto del mismo y teniendo en cuenta la Ley 2141 de Procedimiento
Administrativo - Decreto 2758/905 (Reglamento de Contratación).-
Que, en la citada Nota Nº 125/10 de la Secretaría de Producción y Turismo, se
informa que respecto a lo sugerido por Asesoría Legal, corresponde mencionar que en la zona
no hay empresas con la infraestructura necesaria para efectiva la obra respectiva, el posterior
soporte técnico y de manteniendo.-
Que, conforme Despacho Nº 024/10 de la Comisión de Producción y Turismo de
fecha 22/03/10, materializado por Nota Nº 150/10 C.D.J.A. de fecha 26/03/10, se solicitó al
Ejecutivo Municipal que especifique bajo que modalidad de contratación se va a llevar a cabo
la mencionada obra.-
Que, por Nota Nº 169/10 de fecha 30/03/10 de la Secretaría de Producción y
Turismo, se informa que la modalidad de contratación será en forma directa, según lo normado
en la Ley de Administración financiera y Control Nº 2141, Artículo 64, Inc. a) apartado 2.a y
2.h.-
Que, conforme Despacho Nº 030/10 de la Comisión de Producción y turismo,
aprobado por unanimidad en Sesión de fecha 07/04/10, se debe autorizar al Departamento
Ejecutivo Municipal a realizar la contratación directa con la empresa EPEN, para llevar a cabo
la Obra de repotenciación Eléctrica del sector Parque Industrial.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1830/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE al Señor Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique
Campos, a realizar la CONTRATACIÓN DIRECTA al Ente Provincial de
Energía del Neuquén (E.P.E.N.), para llevar a cabo la OBRA DE REPOTENCIACIÓN
ELÉCTRICA DEL SECTOR PARQUE INDUSTRIAL, según detalle obrante en el Expte.
773/10 Letra “B” de fecha 08/03/2010 de la Secretaria de Producción y Turismo.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos; y
por su intermedio elévese copia de la presente a las Secretarías Municipales
que estime corresponder y al E.P.E.N.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO
DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1483/10.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA