2038 - 11 Convenio Implementación Sistema de Venta Permiso de Pesca.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2038/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1






O R D E N A N Z A Nº 2038/2011




VISTO: El Expte. C.D. Nº 5768/2011 de fecha 28/10/2011, iniciado por el Señor Intendente


Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, por el cual remite copia de celebrado entre


el Ministerio de Desarrollo Territorial y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Cláusula Primera del citado Convenio, establece que “El Ministerio”


implementa el sistema de Venta de Permisos de Pesca y su Reglamentación conforme a la


Resolución Nº 659/10 MDT y en especial sus Anexos I, II, III y IV que “La Municipalidad”


declara conocer.-




Que, la Cláusula Segunda, establece que “La Municipalidad” se compromete a la


venta exclusiva a los particulares de Permisos de Pesca que le sean requeridos, bajo las


condiciones de la reglamentación y conforme las cantidades recibidas.-




Que, la Cláusula Tercera, establece que “La Municipalidad” se compromete a la


venta de Permisos de Pesca que le sean requeridos en forma exclusiva y directa a los


pescadores, sujeta a las condiciones del Artículo 9º de la Resolución Nº 659/10 MTD.-




Que, Cláusula Cuarta, establece que “La Municipalidad” se compromete a solicitar


su inclusión en el Registro de Entes de Gobierno creado por el Artículo 2º de la Resolución Nº


659/10 MTD. Una vez concretada la misma “El Ministerio” hará entrega con cargo a rendir


cuenta documentada de los Permisos de Pesca que se detallarán en el correspondiente recibo a


los fines del control administrativo y contable.-




Que, la Cláusula Quinta, establece que “El Ministerio” no entregará nuevos cargos si


“La Municipalidad” no efectuara las rendiciones en tiempo y forma.-




Que, la Cláusula Sexta, establece las obligaciones de “La Municipalidad” en cuanto a


la rendición de la venta de los permisos de pesca.-




Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 172 expresa que: “La
Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que el turismo es una de las principales fuentes de


crecimiento y desarrollo de la comunidad. Fomentará, impulsará y apoyará las actividades turísticas


sostenibles en el tiempo y no degradantes, basadas en los valores estéticos, recreativos, socio-


culturales y educacionales de sus ambientes y recursos, garantizando su protección, restauración,


mantenimiento y perpetuación”.-











LORENA CALFUQUEO CARLOS TEOBALDO VIVEROS


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA






















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2038/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2








Que, la Comisión Interna de Economía en su Despacho Nº 0109/2011, dictamina


homologar el citado Convenio. Despacho éste que fue ratificado por unanimidad en Sesión


Ordinaria de fecha 23/11/2011.-



POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio celebrado en el mes de octubre, entre el


Ministerio de Desarrollo Territorial, representado por la Coordinadora


General del Ministerio, Cra. Yolanda Maiolo, y la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Rubén E. Campos, el cual integra la


presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su conocimiento y


efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1587/11.-













LORENA CALFUQUEO CARLOS TEOBALDO VIVEROS


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA