2367 - 14 Ratificación Convenio Parque Industrial - Sr. Carlos Levín.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2367/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2367/2014



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 279 “B” de fecha 31/01/2011, iniciado por el Sr. Carlos


Levín, titular del D.N.I. Nº 26.713.187, con domicilio legal en Avenida Los


Pescadores, destinado a la instalación de una carpintería; y el Convenio de pago Parque


Industrial celebrado en el mes de Mayo del año 2014 entre la Municipalidad de Junín de los


Andes y el nombrado, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere a “El


Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, y


sus modificatorias Nº 1014/2002, Nº 1381/2006, Nº 1594/2008 y Nº 1718/2009, una fracción


de terreno que se identifica como Lote 3a, de la Manzana 136, Nomenclatura Catastral 13-20-


056-4665; con una superficie de 365,32 mts².-




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Ciento Cincuenta ($ 150,00)


por metro cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Cincuenta y Cuatro Mil Setecientos


Noventa y Ocho ($ 54.798) que serán cancelados conforme forma de pago establecida en


Cláusula Segunda del citado Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado en la Cláusula Primera el


total del Proyecto presentado mediante los planos que se adjuntan y que fueran aprobados por


la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, dejándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses


partir de la firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por


ciento (100%) del emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 14/05/2014, resolvió


sobre tablas y por unanimidad, homologar el citado convenio, con el dictado de la norma


correspondiente.-






POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA
























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2367/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado durante el


mes de Mayo de 2.014 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Intendente Municipal, Don JUAN DOMINGO LINARES, y el Señor


Secretario de Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial, Don ALEJANDRO


REGUEIRO, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los


Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Sr. CARLOS LEVÍN, titular


del D.N.I. Nº 26.713.187, con domicilio legal en Avenida de Los Pescadores, destinado a la


instalación de una Carpintería, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta de


una fracción de terreno que se identifica como Lote 3a, de la Manzana 136, Nomenclatura


Catastral 13-20-056-4665, con una superficie de 365,52 m².-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-



DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL


AÑO DOS MIL CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1728/14.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA