Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3183/2021.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3183/2021
VISTO: La Nota Nº 049/21 de fecha 28/09/2021, presentada por las Sras. Concejales Laura E.
Riffo y Maximiliana A. González, del Bloque Movimiento Popular Neuquino; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la nota mencionada, las Sras ediles nombradas, solicitan se deje sin
efecto la Ordenanza Nº 3169/2021 la que deroga en todos sus términos la Ordenanza Nº
1925/2011 mediante la cual fue transferido, a título gratuito a favor del Consejo Provincial
de Educación (C.P.E.) de la Provincia del Neuquén el Lote A-13a, de la Manzana 52,
Nomenclatura Nº 13-20-053-4854-0000, con una superficie de mil doscientos sesenta y tres
con veintinueve metros cuadrados (1.263,29 m²), ubicado sobre la calle Joaquín Nogueira
entre Olavarría y Chile, de Junín de los Andes.-
Que, la Ordenanza Nº 3169/2021 establece que el lote mencionado, deberá ser
restituido a la Municipalidad de Junín de los Andes, ya que no se dio cumplimiento con el Art.
3º de la Ordenanza Nº 1925/2011, el cual dispone que el lote se transfiera con el único fin
de ser destinado a la construcción y funcionamiento de la Escuela Para Adultos Nº 11 (EPA Nº
11).-
Que, este Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha 29/09/2021, decide por
unanimidad, dar lugar al pedido realizado, con el dictado de la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DERÓGASE la Ordenanza Nº 3169/2021 de fecha 11 de Agosto de 2021
por la cual se revoca la donación, a título gratuito a favor del Consejo
Provincial de Educación (C.P.E.) de la Provincia del Neuquén, el Lote A-13a, de la Manzana
52, Nomenclatura Nº 13-20-053-4854-0000, con una superficie de mil doscientos sesenta y
tres con veintinueve metros cuadrados (1.263,29 m²), ubicado sobre la calle Joaquín Nogueira
entre Olavarría y Chile de Junín de los Andes.-
ARTÍCULO 2º: DÉJESE establecida expresamente la plena vigencia de la Ordenanza Nº
1925/11.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia al Consejo Provincial de
Educación.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archivo.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN DE MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
DOS MIL VEINTIUNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2127/21.-
LAURA ESTER RIFFO IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES