1245 - Habilitación como Permisionario de Taxis al Sr. PANE Raúl Oscar.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1245/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1245/2005



VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 14.558/04 de fecha 09/12/2004 que contiene documentación


presentada por el Señor PANE, Raúl Oscar, L.E. Nº 8.522.992, referido a solicitud


de habilitación para ser Permisionario en el rubro Taxi de la localidad, y;


CONSIDERANDO:


Que, para tal fin ofrece una unidad automotor Marca FIAT, Modelo Siena EL 4P,


Año 1997, Tipo Sedan 4 Puertas, Motor Nº 178B40388380390, Chasis Nº


8AS178632*W4014308*, Dominio Nº BSM520, de su propiedad.-


Que, conforme lo normado en la Ordenanza Nº 1220/2004, Artículo 49º, que dice:


“AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, que durante el periodo de receso del


Concejo Deliberante, y AD Referéndum de la Primera Sesión Ordinaria, a habilitar para


funcionamiento de nuevos permisionarios y/o cambios de unidad, a quienes cumplimenten


con todos los requisitos exigidos, sin ningún tipo de excepción, y a dar de baja a los que así lo


ameriten”, mediante Resolución Nº 004/2005 de fecha 10/01/2005 del Departamento


Ejecutivo Municipal, se habilita como permisionario de Taxi de la localidad de Junín de los


Andes, al Sr. PANE, Raúl Oscar, y se otorga licencia comercial al nombrado con la unidad


automotor reseñada precedentemente.-


Que, la Ordenanza Nº 1220/2004 en su Artículo 3º establece que: “Toda persona


que desee obtener una licencia comercial Rubro Taxi, deberá presentar la documentación en


el Área de Transporte Municipal, en las condiciones que la Ordenanza establezca, no


admitiéndose excepciones. Las habilitaciones de las personas como permisionarios de taxis y


de las unidades como Taxis serán aprobadas mediante Ordenanza del Concejo Deliberante
y otorgadas por Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal”
.-


Que, atento que el presentante ha cumplimentado todos los requisitos exigidos por la


Ordenanza Nº 1220/04 en lo referente a la documentación personal y de la unidad, este


Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 07/04/2005 conforme lo establecido en la


citada Ordenanza (Art. 3º) y Despacho Nº 023/2005 de la Comisión de Planificación y


Producción, dispuso por unanimidad dar viabilidad a lo solicitado.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A











ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1245/2005.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 1º: HABILÍTASE como Permisionario de Taxi de la localidad de Junín de los


Andes, al Señor PANE, Raúl Oscar, L.E. Nº 8.522.992, con domicilio en


Manuel Belgrano, Casa Nº 20, de Junín de los Andes, y HABÍLITASE la unidad automotor


Marca FIAT, Modelo Siena EL 4P, Año 1997, Tipo Sedan 4 Puertas, Motor Nº


178B40388380390, Chasis Nº 8AS178632*W4014308*, Dominio Nº BSM520, de propiedad


del nombrado, para la prestación del servicio de taxi en Junín de los Andes.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para la prosecución del


trámite en conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 1220/2004.


Cumplido envíese copia de la Resolución de promulgación para conocimiento de este Cuerpo


Deliberativo y mediante las formas de estilo, a través del Departamento Ejecutivo Municipal,


notifíquese al presentante.-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 4º: La presente es refrendada por el Señor Secretario Legislativo A/C, Concejal


Aladino Altamirano.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1216/05.-













ALADINO ALTAMIRANO CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES