Ordenanza N° 908 Se otorga Excepción al Codigo Urbano y de edificación al Sr. Oviedo Maximiliano..pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 908/2001




VISTO: La Nota S/Nº de fecha 10 de Junio de 2001 firmada por el Sr. OVIEDO,


Maximiliano, D.N.I. Nº 22.407.283, presentada ante el Sr. Secretario de Obras y


Servicios Públicos d este Municipio, M.M.O. Dn. Diego A. Marcovesky, mediante la cual


solicita se considere la factibilidad de otorgar una excepción al Código Urbano y de


Edificación en cuanto al Retiro Lateral que debe respetar la construcción (ampliación) de su


vivienda, identificada como Casa Nº 15, Plan de Vivienda COPOL del Barrio Provincial,


Calle Fernando Biorkman; y enviada a este Cuerpo Deliberativo en fecha 09/08/2001,


registrada bajo Expte. C.D. Nº 2092/2001, y;




CONSIDERANDO:




Que, fs. 01 del Expte. Referenciado el Sr. Oviedo expresa los motivos que


fundamentan su solicitud, adjuntan do a Fs. 02 y 03 esquemas de la ampliación, para que se


pida la excepción.-


Que, a fs. 18 y 19 consta el informe Técnico elaborado por la Arq. Andrea Ortega


del Departamento Técnico dependiente de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos del


Municipio, donde se detallan los parámetros estipulados en el Código Urbano y de Edificación


para esta Zona.-


Que, en principio el Departamento Técnico, expresa que queda imposibilitada la


ampliación de la vivienda al infringir en el Código Urbano en Retiro de Frente.-


Que, asimismo dicho Departamento señala que si debiera respetar el C.U.E., dejando


los tres metros de un lateral que exige, según el plano presentado, no tendría factibilidad la


construcción de la cochera, condición indispensable, dadas la inclemencias del clima por las


temperaturas extremas en época invernal.-


Que, la citada dependencia municipal menciona que deberá corroborar los metros a


ampliar dado que excede el porcentaje máximo del índice urbanístico F.O.S. fijado en un 40%


para esta área, teniendo presente que la excepción solicitada estaría contemplada solo para el


Retiro Lateral.-


Que, asimismo, se deja constancia que ya se registra antecedente de una excepción


otorgada bajo Expte. Nº 1921/01, de similares características.-


Que, por lo expuesto, el Departamento Técnico cree necesario otorgar la excepción


para poder invadir el Retiro Lateral, aplicando criterio ya adoptado para estos casos.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 22/08/2001 atento al


informe técnico de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos – Departamento Técnico - y













OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante



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ORDENANZA Nº 908/2001.-



Conforme lo resuelto por Despacho Nº 210/01 de fecha 21/08/2001, emitida por la Comisión


de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Productivo, Turismo y Medio Ambiente, dispone


por unanimidad otorgar la excepción solicitada.-


Que, al efecto se deber dictar la norma legal correspondiente.-



POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ART. 1º: OTÓRGASE al Sr. OVIEDO, Maximiliano, D.N.I. Nº 22.407.283, una excepción


al Código Urbano y de Edificación, Sección II, Capítulo 13, Inciso 13.14.3 Ítem


“Alturas y Retiros”, para ampliación de la vivienda de su propiedad, identificada como Casa


Nº 15, Calle Fernando Biorkman, en el Barrio Provincial – Plan de Vivienda COPOL, Área


Residencial de Densidad Media Baja (R2), de Junín de los Andes, AUTORIZÁNDOSE la


ocupación del Retiro de Lateral, según croquis obrante a fs. 02 y 03 del Expte. C.D. Nº


2092/2001, y conforme informe técnico informe técnico emanado del Departamento Técnico


de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos, que consta a fs. 18 y 19 del citado Expte.-


ART. 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


ART. 3º: Una vez promulgada, mediante las formas de estilo, envíese copia de la presente


al interesado para su conocimiento y a la Subsecretaría de Obras y Servicios


Públicos, para que tome los recaudos correspondientes, para la presentación de los planos en


tiempo y forma, de acuerdo a lo normado en el Artículo 1º y 2º de la presente.-


ART. 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ART. 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl Ande.-


ART. 6º: De forma.-



DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN,


A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1037/01.-













OSCAR RAÚL ANDE DAMIÁN AMINAHUEL
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA