Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1421/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1421/2006
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3584/06 de fecha 11/12/2006 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal y el Acta Acuerdo de fecha 09/11/2006, entre el Departamento
Ejecutivo Municipal y la Asociación de Trabajadores del Estado, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma las partes acordaron dar celeridad al proceso de normalización de la
Planta Permanente, enmarcado en el proyecto original del Departamento Ejecutivo Municipal
para la Regularización de la Planta Permanente del Estado Municipal, cuyo antecedentes se
remite al mes de abril de 204.-
Que, a la fecha dentro de las etapas que se previeron de 148 agentes más 15 del
anexo único, se han regularizado sesenta (60) pases, restando un total de ciento tres (103) en la
misma situación y contemplando en la norma citada, en el considerando precedente.-
Que, al día de la fecha se procedió a dar cumplimiento con los requisitos fijados en el
Artículo 97º de la Carta Orgánica Municipal, con intervención de la Junta de Admisión,
Calificación, Ascenso y Disciplina, para el cupo de ingresantes fijados en la Ordenanza Nº
1352/2006.-
Que, dicha Ordenanza surgido por excepción de la aplicación de lo normado en el
Artículo 98º de la Carta Orgánica Municipal por la cual el Concejo Deliberante sancionó la
Ordenanza Nº 1352/2006.-
Que, a través de la Junta de Admisión, Calificación, Ascenso y Disciplina de la
Municipalidad de Junin de los Andes, se constituyó la mesa examinadora y se realizaron las
entrevistas de los postulantes, dejándose suficiente constancia en actas de lo actuado,
habiéndose superado la instancia descripta.-
Que, a los efectos del acuerdo de partes se hace necesario solicitar al Concejo
Deliberante la modificación del Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1352/2006, en virtud de lo
acordado en fecha 09/11/2006.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 15/12//2006, conforme
Despacho Nº 041/06 de la Comisión de Labor Legislativa, resuelve por unanimidad aprobar el
presente Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal bajo Expte.
C.D. Nº 3584/06, agregando el Artículo 2º, el que deberá decir: “INCORPÓRASE como Anexo
I de la presente el Acta Acuerdo de Paritarias firmado en fecha 09/11/06 entre el
Departamento Ejecutivo Municipal y el gremio ATE”.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1421/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE, el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1352/2006 de fecha
03/05/2006, el cual quedará redactado de la siguiente forma: FACÚLTASE
al Departamento Ejecutivo Municipal, a los fines de la normalización de la Planta de Agentes
Municipales, a adelantar el ingreso a la Planta Permanente, de ciento tres (103) agentes,
quienes han dado cumplimiento de lo normado en el Artículo 97º de la Carta Orgánica
Municipal, previa intervención de la Junta de Admisión, Calificación, Ascenso y Disciplina
(J.A.C.A.D.), según registros de actas de la misma, y en un todo de conformidad al Acta
Acuerdo de fecha 09/11/2006 firmado entre la Municipalidad de Junín de los Andes –
Departamento Ejecutivo Municipal y la Asociación de Trabajadores del Estado.-
ARTÍCULO 2º: INCORPÓRASE como Anexo I de la presente el Acta Acuerdo de
Paritarias firmado en fecha 09/11/06 entre el Departamento Ejecutivo
Municipal y el gremio ATE.-
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
Promulgada que fuere remítase copia a todas las partes y áreas
involucradas.-
ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel
Ángel Guidali.-
ARTÍCULO 6º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL SEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1308/06.-
MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA