3008 - 20 Ratificar Convenio con la Universidad Tecnológica Nacional Facultad Reginal de Nqn.pdf

ORDENANZA Nº 3008/20.-


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 3008/2020



VISTO: El Expte. C.D. Nº 10562/20 de fecha 04/02/2020 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, el cual contiene Convenio Específico entre la Universidad


Tecnológica Nacional Facultad Regional del Neuquén y la Municipalidad de Junin de los Andes,


y;


CONSIDERANDO




Que, el acuerdo se basa en la demanda existente en el mercado local de profesionales o


técnicos en HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO.


Que, las partes convienen implementar, articular y dictar la carrera Tecnicatura


Universitaria en Higiene y Seguridad en el Trabajo en la Ciudad de Junín de los Andes.-


Que, el citado Convenio en su cláusula Segunda: establece que LA FACULTAD, se


compromete a implementar académicamente un curso de hasta cuarenta y cinco personas,


seleccionar el cuerpo docente y el equipamiento digital necesario para el dictado de la carrera


mencionada, como así también con todos aquellos aspectos inherentes al óptimo desarrollo


académico de dicha Tecnicatura.


Que, la Municipalidad se compromete a destinar, para el dictado de la Tecnicatura, pago


de auxiliares docentes, viáticos y/o traslado de docentes la suma total de $543.280.- (Pesos


quinientos cuarenta y tres mil doscientos ochenta con 00/100.-).-


Que, la TECNICATURA, será dictada por Profesionales designados exclusivamente por


la UTN FRN, asumiendo ésta el compromiso de verificar su idoneidad para el dictado de las


mismas, su contratación y pago de haberes mensuales. La UTN FRN deja expresamente aclarado


que el personal docente se encuentra bajo su exclusiva dirección y responsabilidad y que los


mismos no guardan ningún tipo de relación laboral, comercial, ni de ninguna índole con la


Municipalidad.-


Que, el plazo de vigencia del convenio será de tres (3) años, pudiendo ser prorrogado


por un término igual, de conformidad a las nuevas cláusulas que las partes formulen al respecto


para su continuidad.


Que, la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 128 establece que la “La


Municipalidad de Junín de los Andes reconoce a la educación como herramienta fundamental en


el proceso de apropiación de la cultura para alcanzar el desarrollo integral y la socialización de


las personas. Realizará e impulsará las acciones para garantizar el cumplimiento de los


derechos constitucionales a recibir una educación de calidad en todas las edades, pública,


gratuita, laica y con igualdad de oportunidades y posibilidades para todos los habitantes”.-


Que, el Artículo 130º expresa que “La Municipalidad, sin desconocer la competencia


provincial y garantizando la consulta permanente a la comunidad, tiene el derecho a emitir


opinión sobre las necesidades educativas y exigir a las autoridades correspondientes adecuadas


infraestructura, equipamiento, planes y modalidades, que cumplan con los preceptos


constitucionales y afiancen el arraigo”.-


Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal,


en su Artículo 57, Inc., “t”, resuelve conforme a Despacho de Comisión de Labor Legislativa Nº


002/2020,por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 26/02/2020, ratificar el Convenio


referenciado, con el dictado de la norma legal pertinente.-











CARLOS ALBERTO QUINTULÉN LAURA ESTER RIFFO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA





ORDENANZA Nº 3008/20.-


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio Específico entre la Universidad Tecnológica


Nacional Facultad Regional del Neuquén con domicilio legal en Avda. Rotter s/n de la ciudad


Plaza Huincul, representada por su Sr. Decano Ing. Pablo Oscar Liscovsky y la Municipalidad de


Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Carlos A. Corazini, con


domicilio en Ginés Ponte Nº 504, Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, el cual consta de


catorce (14) Cláusulas y se adjunta a la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio envíese copia de la presente a la


Universidad Tecnológica Nacional Facultad Regional del Neuquén.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS


MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2056/2020.-













CARLOS ALBERTO QUINTULÉN LAURA ESTER RIFFO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA