Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2061/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2061/2012
VISTO: El Expte. C.D. Nº 5848/12 iniciado por la Sra. Vice-Intendente Municipal, A/C de
Intendencia Andrea Silvana Rosso, donde remite adjunto Nota S/Nº firmada por el Sr.
Julio Puyardi, por la cual solicita nueva prórroga para licencia de taxi de su propiedad, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través de Nota Nº 001/12 de fecha 03/01/2012 del Departamento de Tránsito y
Transporte, eleva documentación presentada por el permisionario de Taxi Sr. Julio César Puyardi
por la cual solicita una nueva prórroga de noventa días para poder dar solución a su situación y no
perder su licencia de taxi.-
Que, el peticionante en Nota de fecha 28/12/2012 expresa que la falta de prestación de
servicio se debe a que la unidad automotor con la que prestaba el servicio de taxi, sufrió un
accidente de tránsito y tuvo que vender la misma a la mitad de su valor, encontrándose
actualmente intentando adquirir una nueva unidad automotor, lo que le permitiría no perder la
oportunidad de mantener la licencia comercial de taxi, solicitando como última instancia una
nueva prórroga, ya que es su única entrada económica con lo cual sostiene a su familia.-
Que, atento a la presentación realizada por el solicitante, y comprendiendo su situación
personal y económica, este Concejo Deliberante en tratamiento sobre tablas aprobado en Sesión
Ordinaria de fecha 15/02/2012, dispuso por unanimidad autorizar por medio de Ordenanza al área
pertinente, a conceder una nueva y última prórroga que vencerá indefectiblemente el 10 de Marzo
del 2012.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE al Señor Julio César Puyardi, D.N.I. Nº 28.636.669, una
prórroga hasta el 10 de Marzo de 2012, para que realice el cambio de Unidad
Automotor como permisionario en el rubro Taxi de la localidad; conforme lo establecido en la
Ordenanza Nº 1220/2004, Artículo 3; y ESTABLÉCESE que dicha prórroga caducará
indefectiblemente en la fecha indicada (10/03/2012), .-
ARTÍCULO 2º: DETERMÍNASE que el Departamento Ejecutivo Municipal a través del área
competente deberá verificar el cumplimento de lo establecido en el artículo
precedente.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos; y por su
intermedio notifíquese al presentante.-
ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
QUINCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DOCE, SEGÚN CONSTA
EN ACTA Nº 1599/12.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES