Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3434/2023
VISTO: La Ordenanza Nº 3421/2023 y el Expte. C.D. Nº 11.615/23, iniciado por el Sr. Intendente
Municipal, Dn. Carlos A. Corazini, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ordenanza Nº 3421/2023, sancionada en fecha 07/06/2023 y promulgada
por el Ejecutivo Municipal mediante Decreto 247/2023 de fecha 12/06/2023, se ratifica el Convenio
de pago Parque Industrial celebrado en fecha 01 de junio de 2023 entre la Municipalidad de Junín de
los Andes y el Sr. Aurto Zalazar Gustavo Alberto, D.N.I. N° 22.292.327, por la venta de una fracción
de terreno que se identifica como Lote 13b, de la Manzana 85, en el Parque Industrial de Junín de los
Andes, con una superficie total de Un mil ciento tres 85 m2, (1103,85 m2), según certificado de Datos
Parcelarios del Expte C.D. Nº 11215/22. Dicho Convenio consta de once (11) Clausulas e integra
dicha norma como Anexo I.-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Un mil ochocientos con 00/100
($ 1.800,00) por metro cuadrado lo que hace un total de Pesos Un millón novecientos ochenta y seis
mil novecientos treinta con 00/100 ($1.986.930,00), “El Adquirente”, se compromete a cancelar el
monto total en un plazo de (36) Treinta cuotas mensuales y consecutivas.-
Que, a través del Expte. C.D. Nº 11.615/23, el Intendente Municipal, solicita la
modificación de la Ordenanza Nº 3421/2023, solicitando se incorpore a la misma un artículo en
referencia a los valores del metro cuadrado de tierra, conforme la siguiente redacción: “Se establece
que el precio de la venta de la fracción de tierra quedará determinado de acuerdo a la Ordenanza Nº
2838/2018 para los Lotes Remanentes de la Manzana 85”.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del 05/07/2023, en tratamiento sobre
tablas y por unanimidad, resuelve aprobar lo solicitado por el Ejecutivo Municipal, con el dictado del
presente proyecto de ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: SE INCORPORA: a la Ordenanza Nº 3421/2023, sancionada en fecha 07/06/2023
y promulgada por Decreto 247/2023 de fecha 12/06/2023, el Artículo 2º, el cual
quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2º: Se establece que el precio de la venta de
la fracción de tierra quedará determinado de acuerdo a la Ordenanza Nº 2838/2018 para los Lotes
Remanentes de la Manzana 85”.-
ARTÍCULO 2º: SE EFECTUA: el corrimiento del articulado de la Ordenanza Nº 3421/2023,
pasando el Artículo 2º de la misma como Artículo 3º.-
ARTÍCULO 3º: SE COMUNICA: al Departamento Ejecutivo Municipal.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS CINCO
DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA
Nº 2214/23.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
ANEXO I
O R D E N A N Z A Nº 3434/2023