3434 - 23 Modificar Ordenanza Nº 3421-23 Convenio Pago Lote Parque Industrial con Aurto Zalazar EL LEÑADOR.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3434/2023


VISTO: La Ordenanza Nº 3421/2023 y el Expte. C.D. Nº 11.615/23, iniciado por el Sr. Intendente


Municipal, Dn. Carlos A. Corazini, y;


CONSIDERANDO:


Que, a través de la Ordenanza Nº 3421/2023, sancionada en fecha 07/06/2023 y promulgada


por el Ejecutivo Municipal mediante Decreto 247/2023 de fecha 12/06/2023, se ratifica el Convenio


de pago Parque Industrial celebrado en fecha 01 de junio de 2023 entre la Municipalidad de Junín de


los Andes y el Sr. Aurto Zalazar Gustavo Alberto, D.N.I. N° 22.292.327, por la venta de una fracción


de terreno que se identifica como Lote 13b, de la Manzana 85, en el Parque Industrial de Junín de los


Andes, con una superficie total de Un mil ciento tres 85 m2, (1103,85 m2), según certificado de Datos


Parcelarios del Expte C.D. Nº 11215/22. Dicho Convenio consta de once (11) Clausulas e integra


dicha norma como Anexo I.-


Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Un mil ochocientos con 00/100


($ 1.800,00) por metro cuadrado lo que hace un total de Pesos Un millón novecientos ochenta y seis


mil novecientos treinta con 00/100 ($1.986.930,00), “El Adquirente”, se compromete a cancelar el


monto total en un plazo de (36) Treinta cuotas mensuales y consecutivas.-


Que, a través del Expte. C.D. Nº 11.615/23, el Intendente Municipal, solicita la


modificación de la Ordenanza Nº 3421/2023, solicitando se incorpore a la misma un artículo en


referencia a los valores del metro cuadrado de tierra, conforme la siguiente redacción: “Se establece


que el precio de la venta de la fracción de tierra quedará determinado de acuerdo a la Ordenanza Nº


2838/2018 para los Lotes Remanentes de la Manzana 85”.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del 05/07/2023, en tratamiento sobre


tablas y por unanimidad, resuelve aprobar lo solicitado por el Ejecutivo Municipal, con el dictado del


presente proyecto de ordenanza.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: SE INCORPORA: a la Ordenanza Nº 3421/2023, sancionada en fecha 07/06/2023


y promulgada por Decreto 247/2023 de fecha 12/06/2023, el Artículo 2º, el cual


quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2º: Se establece que el precio de la venta de


la fracción de tierra quedará determinado de acuerdo a la Ordenanza Nº 2838/2018 para los Lotes


Remanentes de la Manzana 85”.-


ARTÍCULO 2º: SE EFECTUA: el corrimiento del articulado de la Ordenanza Nº 3421/2023,


pasando el Artículo 2º de la misma como Artículo 3º.-


ARTÍCULO 3º: SE COMUNICA: al Departamento Ejecutivo Municipal.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS CINCO


DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA


Nº 2214/23.-











LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULEN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA





Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




ANEXO I




O R D E N A N Z A Nº 3434/2023