Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3512/2024
VISTO: El Expte 11819/2024 iniciado por la Concejal ZORAYA SOLEDAD FUNES, mediante
la cual solicita la derogación de la Ordenanza Nº 2964/2019, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Nº 2964/2019, sancionada el 02 de octubre del año 2019, en su
Artículo 1º dice: “EXÍMESE: del pago de Tasa por Servicios Retributivos Municipales, a partir del
mes de octubre de 2019, a la Asociación Civil Taller Productivo Amulén de Junín de los Andes,
del Inmueble N° 3164, cuya Nomenclatura Catastral es N° 13-20-056-164.”, promulgada mediante
Decreto N° 421 de fecha 15 de octubre del año 2019.-
Que, esta solicitud se fundamenta dado que la Asociación trabaja con un fin social
brindando acompañamiento a personas con discapacidad, participando de COPRODIS, del
Consejo local para los derechos de las personas con discapacidad y llevando adelante el cuidado
del medio ambiente, siendo creadores y coordinadores del programa “Junín no tira recicla” y de la
Mesa regional GIRSU, haciéndose cargo de la ropa, elementos de seguridad y capacitaciones,
realizando concientización a toda la comunidad.-
Que, en Expte. Nº 11779/23 el Concejal Mandato Cumplido Gustavo Cañicul, solicita la
derogación de la Ordenanza 3448/23 y se contemple la vigencia de la Ordenanza 2964/19.
Que, la Ordenanza 3448/23 EXIME: del pago de Tasa por Servicios Retributivos
Municipales, hasta el 10 de diciembre de 2023, a la Asociación Civil Taller Productivo Amulén;
por lo que al día de la fecha tal Ordenanza sería extemporánea.
Que, la Ordenanza 2964/19 carecería de validez aplicable para los años posteriores,
puesto que el pago del Tributo por Servicios Retributivos es de carácter anual. “Tasa por
Servicios a la Propiedad Inmueble: Tendrá carácter anual y podrá ser abonado en doce (12)
cuotas mensuales, del 1 al 15 de cada mes.”
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria de fecha 31/01/2024, por
unanimidad otorgar la eximición solicitada hasta el 10 de diciembre de 2024, con el dictado de la
norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: SE DEROGA la Ordenanza Nº 2964/19 por las consideraciones expresadas.-
ARTÍCULO 2º: SE EXIME: del pago de Tasa por Servicios Retributivos Municipales, hasta
el 10 de diciembre de 2024, a la Asociación Civil Taller Productivo Amulén de
Junín de los Andes, del Inmueble N° 3164, cuya Nomenclatura Catastral es N° 13-20-056-1164.-
ARTICULO 3º: SE COMUNICA: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUÉN, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE ENERO DEL DOS MIL
VEINTICUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 2251/24.-
HEBE GABRIELA HELOU LORENA MARCELA VALDEZ
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES