Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1867/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1867/2010
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 4.981 Letra “A” de fecha 28/10/2009, iniciado por el Sr.
Eduardo Luis García, titular del D.N.I. Nº 13.233.399, en representación de la Firma
Comercial “Complejo Malleo S.A.” con domicilio legal en Calle 12 de Octubre Nº 6449 de la
Ciudad de Mar del Plata, destinado a desarrollar un complejo deportivo, confitería y en una
segunda etapa área de camping; y Expte. Nº 1.150 de la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos de fecha 06/04/10 que contiene presentación de planos del proyecto reseñado; y el
Convenio de pago Parque Industrial celebrado en fecha 19/04/10 entre la Municipalidad de
Junín de los Andes y el nombrado Sr. Eduardo L. García, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95,
sus modificatorias Nº 1014/2002, Nº 1381/2006 y Nº 1718/2009, una fracción de terreno
ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 01, de la
Manzana 22 B; con una superficie de veintiséis mil seiscientos veintiocho con sesenta y ocho
metros cuadrados (26.628,68 mts²).-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Cuarenta ($ 40,00) por
metro cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Un Millón Sesenta y Cinco Mil Ciento
Cuarenta y Siete con Veinte Centavos ( $ 1.065.147,20) que serán cancelados conforme forma
de pago establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expte. Nº 1.150), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del
convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del
Emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 28/07/10, resolvió sobre
tablas y por unanimidad homologar el citado convenio, con el dictado de la norma
correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN
DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA
DE:
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1867/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado el 19 de
Abril de 2.010 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada
por el Intendente Municipal, Prof. RUBÉN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor Secretario de
Producción y Turismo, Don PABLO LARDIT, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés
Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la
“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. EDUARDO LUIS GARCIA, titular del D.N.I. Nº
13.233.399, en representación de la Firma Comercial “Complejo Malleo S.A.” con domicilio
legal en Calle 12 de Octubre Nº 6449 de la Ciudad de Mar del Plata, destinado a desarrollar
un complejo deportivo, confitería y en una segunda etapa área de camping, en adelante
denominado el “ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno ubicado en el Parque
Industrial de Junín de los Andes, identificado como Lote 01, de la Manzana 22 B – de la
Fracción II de la Chacra 22 – Nomenclatura Catastral en trámite con una superficie de
veintiséis mil seiscientos veintiocho con sesenta y ocho metros cuadrados (26.628,68 mts²).-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL
DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1505/10.-
ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA