2561 - 16 Ratificación Convenio Secretaría de Planificación y Acción para el Desarrollo COPADE-Municipio.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2561/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2561/2016






VISTO: El Expte. C.D. Nº 8282/2016 de fecha 12/01/2016, iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite Convenio marco celebrado entre la


Secretaría de Planificación y Acción para el Desarrollo (COPADE) del Gobierno de la Provincia


del Neuquén y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO:




Que, las partes acuerdan celebrar el citado convenio Marco con el objeto de entablar


acciones de colaboración, asistencia técnica y cooperación mutua, que permitan promover y


conformar un espacio de trabajo conjunto para la elaboración y ejecución de políticas,


programas, proyectos y actividades de interés común, en pos del desarrollo sustentable de la


localidad y su micro-región y región de referencia, de acuerdo a los objetivos que a continuación


se detallan:


a) Implementar un Sistema de Planificación Provincial integrado e integrador, mediante la
progresiva creación o potenciación de Plataformas Locales de Planificación, que sean la


base para la definición de Agendas de Desarrollo local y/o regional consensuadas, en las


que se plasmen los principales programas e inversiones públicas a realizarse para la


promoción del desarrollo en la órbita territorial de actuación de cada municipio.-


b) Promover la incorporación permanente de proyectos locales y/o regionales prioritarios
dentro de la cartera provincial de proyectos de infraestructura para el periodo 2015-


2019.-


c) Impulsar o fortalecer, según corresponda, el proceso de ordenamiento territorial urbano,
rural y ambiental de la localidad y su micro-región o región de referencia.-


d) Impulsar la planificación público-privada de estrategias, programas e instrumentos de
Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a partir de la identificación de las


demandas de los ámbitos locales y regionales.-


e) Establecer prioridades de asistencia técnica y fortalecimiento institucional para la mejora
de la gestión municipal.




Que, en el Artículo 142 de la Carta Orgánica Municipal se prevé: “La Municipalidad


promoverá la planificación integral para establecer estrategias de desarrollo que contemplen los


intereses locales, provinciales, regionales y nacionales. Su principal objetivo será una ciudad


funcionalmente equilibrada, integrada y articulada con su entorno rural y natural, socialmente


equitativa y con participación efectiva de sus vecinos”


.


Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 02/03/2016 de acuerdo a


lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57 Inc., “t” y el Despacho Nº


004/16 emitido por la Comisión Interna de Gobierno, resuelve por unanimidad, ratificar dicho


convenio; debiéndose en consecuencia dictar la norma respectiva.-








RUTH ELIZABETH SIVORI CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA




















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2561/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio Marco celebrado en fecha 05 de Enero de 2016


entre la Secretaría de Planificación y Acción para el Desarrollo (COPADE) del


Gobierno de la Provincia del Neuquén, representada por su Secretario, Lic. Diego Sebastián


González, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente


Municipal, Carlos A. Corazini, el cual integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DOS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL


DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.836/16.-









RUTH ELIZABETH SIVORI CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA