Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1160/04.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1160/2004
VISTO: La Ordenanza Nº 1148/2004, sancionada en fecha 30 de abril de 2004; mediante la cual
se convoca a profesionales Abogados a INSCRIPCIÓN DE POSTULANTES PARA
CUBRIR EL CARGO DE JUEZ MUNICIPAL DE FALTAS, de acuerdo al presente Concurso
Público de Títulos y Antecedentes que convoca el Concejo Deliberante, los Exptes. C.D. Nº
2953/04, Nº 2958/04 y Nº 2959/04 iniciados por la Dra. Walquiria R. C. Viano, Dra. Nelba
Graciela Segovia y Dra. María Alejandra Neira, y el Despacho Nº 16/2004 de la Comisión de
Labor Legislativa tratado en Sesión Ordinaria de fecha 04/06/2004, y;
CONSIDERANDO:
Que, la citada Ordenanza se dictó en un todo de acuerdo a lo preceptuado en los
Artículos 27º - Capítulo I; 69º, 70º, 71º, 72º, 73º, 74º, 75º, 76º, 77º, 78º, 79º, 80º y 81º - Capítulo
IV - de la Carta Orgánica Municipal.-
Que, conforme consta en los citados Exptes. las profesionales presentan curriculum vitae
para inscripción como postulante al cargo de Juez de Faltas Municipal, conforme Ordenanza Nº
1148/2004, todas ellas matriculadas en el Colegio de Abogados y Procuradores de la IV
Circunscripción Judicial de Junín de los Andes.-
Que, en el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 1148/2004, conforme el Art. 70 de la Carta
Orgánica Municipal, establece que el Concejo Deliberante designará al Juez Municipal de Faltas,
respetando los resultados del Concurso Público de Títulos y Antecedentes al que se convoca;
designándose asimismo el o los suplentes.-
Que, según consta en Despacho Nº 16/2004 de la Comisión de Labor Legislativa, se
dispuso el tratamiento Sobre Tablas en el recinto de los Exptes. C.D. N° 2953/04 – 2958/04 –
2959/04 sobre designación de Juez de Faltas por Ordenanza N° 1148, por votación nominal por
cada uno de los Concejales que integran el Cuerpo Deliberativo.-
Que, los Señores Concejales del Bloque del M.P.N., Néstor Juan Mondino, Diego Alexis
Marcovesky, María Blanca Pysny, y Aladino Altamirano, votan para ocupar el cargo de Juez de
Faltas Municipal a la Dra. Nelba Graciela Segovia y que se cumpla lo estipulado por el Artículo 74
de la Carta Orgánica Municipal para que la nombrada asuma el 10/06/2004.-
Que, los Señores Concejales del Bloque del P.J.- F.G., Miguel Ángel Guidali y Adriana
del Carmen Massaccesi, y el Sr. Concejal Humberto Fabián Bosque del Bloque Unipersonal, votan
a la Dra. Walquiria R. C. Viano para que ocupe el cargo el Juez de Faltas Municipal.-
Que, como resultado de la votación nominal se resuelve por mayoría de cuatro (4) votos
contra tres (3) votos designar a la Dra. SEGOVIA, Nelba Graciela, D.N.I. Nº 11.209.731 -
Matrícula Profesional Nº 082 – Tomo I – Folio 85, IV Circunscripción Judicial Provincia del
Neuquén, para desempeñarse como JUEZ MUNICIPAL DE FALTAS de la Municipalidad de
Junín de los Andes, por el término de cuatro años, a partir del 10 de Junio de 2004, conforme
Artículos Nº 73 y 74 de la Carta Orgánica Municipal, la que deberá respetar todos los requisitos
establecidos en la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº 1148/2004 y la presente normativa-
Que, asimismo se designa a la Dra. VIANO, Walquiria Ramona Carolina, D.N.I. Nº
11.290.492 - Matrícula Profesional Nº 45 – Lº1 Tº 45, IV Circunscripción Judicial Provincia del
Neuquén, y a la Dra. NEIRA, María Alejandra, D.N.I. Nº 17.254.949, Matrícula Profesional Nº 62
– Tº 1 Fº 62, IV Circunscripción Judicial Provincia del Neuquén, como primer y segundo suplente
de la Juez Municipal de Faltas, respectivamente, de conformidad con el Artículo 70 de la Carta
Orgánica.-
Que, la designación de un suplente facilita a la Municipalidad de Junín de los Andes por
tiempo determinado que el mismo reemplace a la Juez Titular de Faltas en caso de vacaciones,
renuncia o ausencias por causas de fuerza mayor.-
Que, se debe proceder a notificar a cada uno de los concursantes del resultado del
concurso.-
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1160/04.-
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Concejo Deliberante
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Que, en consecuencia se debe dictar la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56º Y 57º Inciso “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DESIGNASE a la Dra. SEGOVIA, Nelba Graciela, D.N.I. Nº 11.209.731
- Matrícula Profesional Nº 082 – Tomo I – Folio 85, IV Circunscripción Judicial
Provincia del Neuquén, para desempeñarse como JUEZ MUNICIPAL DE FALTAS de la
Municipalidad de Junín de los Andes, a partir del 10 de Junio de 2004 (Artículo 74 de la Carta
Orgánica Municipal), hasta el 10 de Junio de 2008 (Art. 73 de la Carta Orgánica Municipal) con
ajuste a la imputación Presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de
Recursos en vigencia para cada año, el que deberá respetar todos los requisitos establecidos en la
Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº 1148/2004 y la presente normativa-
ARTÍCULO 2º: DETERMÍNASE que conforme el Artículo 76º de la Carta Orgánica
Municipal el Juez Municipal de Faltas percibirá una remuneración equivalente al
ochenta por ciento (80%) del básico del Intendente con más los adicionales generales que
correspondiere con excepción de título y antigüedad acreditada en funciones anteriores y que el
cargo a cubrir no incluye vivienda institucional ni ningún plus remunerativo.-
ARTÍCULO 3º: DESÍGNASE a la Dra. VIANO, Walquiria Ramona Carolina, D.N.I. Nº
11.290.492 - Matrícula Profesional Nº 45 – Lº1 Tº 45, IV Circunscripción
Judicial Provincia del Neuquén, y a la Dra. NEIRA, María Alejandra, D.N.I. Nº 17.254.949,
Matrícula Profesional Nº 62 – Tº 1 Fº 62, IV Circunscripción Judicial Provincia del Neuquén,
como primer y segundo suplente de la Juez Municipal de Faltas, respectivamente, conforme el
orden del Concurso original y que para las ausencias permanentes el reemplazo será por el tiempo
restante del período, en caso de necesidad se llamará a un nuevo concurso (Art. 75 y Art. 116 de la
Carta Orgánica Municipal).-
ARTÍCULO 4º: NORMASE que conforme lo establecido en el Artículo 81º de la Carta
Orgánica Municipal la Sra. Juez Municipal de Faltas dentro de los treinta días
corridos después de su asunción deberá presentar al Concejo Deliberante, para su aprobación, el
organigrama administrativo del Juzgado. Para las designaciones y ceses deberá respetarse lo
establecido es esta Carta Orgánica para el empleo público municipal.-
ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a efectos de urgente
promulgación.-
ARTÍCULO 6º: DESE a conocimiento público y amplia difusión por los medios orales y escritos
de la localidad y en forma especial elévese copia al Colegio de Abogados y
Procuradores de la IV Circunscripción Judicial y al Juzgado Municipal de Faltas, a sus efectos.-
ARTÍCULO 7º: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta
Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-
ARTÍCULO 8º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo, Concejal Humberto Fabián
E. Bosque.-
ARTÍCULO 9º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
CUATRO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1175/04.-
Firmado: Vicepresidente C.D. Néstor J. MONDINO
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1160/04.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Secretario Legislativo Fabián H. E. BOSQUE